LO HABIAN ABSUELTO BAJO EL BENEFICIO DE LA DUDA Y FUE RECHAZADO
Del 20 al 24 de Febrero nuevo juicio a Domingo Pacheco
Por unanimidad, los ministros hicieron lugar a los recursos interpuestos por el fiscal y la querella. Según el máximo tribunal, el fallo absolutario “no fue lógico sino arbitrario”. Juan Cruz Velazquez del programa Hechos policiales, dio el adelanto el 1 de Diciembre del 2016, ahora este año, del 20 al 24 de Febrero del 2017, en el Tribunal Oral Penal de Goya, sera el nuevo juicio a Domingo Pacheco, quién había resultado absuelto 12 de diciembre de 2013, bajo el beneficio de la duda.
El tribunal estará integrado, como presidente el juez Darío Ortiz y los Vocales los doctores Balestra y López Lecube.
El caso del sacerdote Domingo Pacheco, acusado de abuso sexual, tendrá un nuevo capítulo. El Superior Tribunal de Justicia (STJ), en fallo unánime, hizo lugar a los recursos interpuestos por el fiscal y la querella, y ordenó la realización de un nuevo juicio.
La sentencia Nº 104/16, que lleva la firma de los Ministros doctores Alejandro Chain, Eduardo Panseri, Guillermo Semhan, Luis Rey Vázquez y Fernando Niz, cuestionó el proceder del Tribunal Oral Penal (TOP) de Goya, que absolvió al religioso.
Los ministros votantes entendieron que en el razonamiento del TOP -vertido en la sentencia impugnada- se vislumbró como arbitrario, por fundamentación deficiente y violatoria de la sana crítica racional. Además, la sentencia se encontraba plagada de descalificaciones personales hacia la víctima, su hermano y los profesionales médicos intervinientes, tomando posición adelantada en relación a la víctima esbozando preconceptos sobre ésta y en forma general sobre la labor médica de quienes que asisten a víctimas en estos casos.
Según los ministros, no se observó “un análisis que se correspondiera con una visión integral de las probanzas”. El fallo del tribunal que absolvió al acusado invocando “duda razonable” no fue lógico sino arbitrario, para los jueces, “ya que no respondía a una inferencia razonada ni del derecho vigente ni del análisis integral del cuadro probatorio”.
Lunes, 6 de febrero de 2017 |