EMERGENCIA HÍDRICA-FLUVIAL
Prefectura Goya prohibió la navegación entre el Canal de Chiappe y el Tata Juan
Debido a la erosión de las costas del Riacho Goya, por seguridad, Prefectura Goya estableció una “Zona de Prohibición de Navegar” para todo tipo de buques y embarcaciones deportivas con motor, por seguridad y hasta que desaparezcan los riesgos para las familias ribereñas. El comunicado oficial de la fuerza fue emitido este sábado.
La Prefectura Goya, prestando especial atención al proceso de erosión sobre el Riacho Goya, ocurrido en la zona norte de esta ciudad, hecho de público conocimiento, en la zona conocida como el “PARAJE REMANSO”, (Riacho Goya, altura progresiva Km. 982 margen izquierda del Río Paraná) donde se evidenciaron fuertes erosiones y modificaciones en la línea de costa, coincidentes con el impacto sobre la barranca, exhibiendo cambios de posición de cauces activos y líneas de costa y en concordancia con la Resolución Nº 1296 donde el Municipio de la Ciudad de Goya declaró la EMERGENCIA HIDRICA-FLUVIAL, por Disposición ha establecido la “Prohibición de Navegar" en el en el espejo de agua del RIACHO GOYA para todo tipo de buques y embarcaciones deportivas con motor, hasta que desaparezcan las causas que motivaron la prohibición, por razones de “Seguridad” de las numerosas familias ribereñas, emplazadas a la vera del Riacho Goya, cuyas viviendas sufren graves perjuicios por el oleaje de las embarcaciones que surcan el mismo. La "Zona de Prohibición de Navegar" en el espejo de agua del RIACHO GOYA, estará comprendida entre las alturas progresivas del Rió Paraná, margen izquierda del Km 981,5 (Canal de Chiappe: Latitud: 29°7'2. 60'' S Longitud: 59°15'21.14'' O) al Km 982,5, (Nautiguardería y Hostería “Tata Juan” Latitud: 29°6'42. 91'' S Longitud: 59°15'8.95'' O), situación que será controlada por esta Autoridad Marítima. La presente Disposición no exime a los Capitanes de los Buques, ni de los navegantes deportivos, del cumplimiento de la reglamentación vigente o de distintas normas en vigor, ni de tomar otras providencias de seguridad que el arte de navegar y las circunstancias aconsejen. Se recomienda difundir la presente entre los señores usuarios de los Clubes Náuticos, Guarderías y entidades afines y empresas del quehacer portuario local, y toda otra Institución que lo solicite.
Lunes, 7 de noviembre de 2016
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