EL PODER JUDICIAL EN EL MEDIO
El concejo deliberante de Goya investigaría a cinco de sus miembros por posible comisión de delito
Con la autoría de nueve ediles, ingreso al Honorable Concejo Deliberante de Goya un proyecto de resolución para conformar una Comisión Investigadora que tendrá como objetivo, juzgar sobre la supuesta comisión del delito de “Violación de Secretos Informáticos”, previsto en el Art. 157 “Bis” en el código penal Argentino, por parte de los concejales Jesús Méndez Vernengo (UCR), Lida Teresita Maidana (UCR), Federico Turnier (ELI), Jorge Fernando Mazzaro (P.P.) y Fernando Vallejos (ELI), en virtud de la presentación al mismo, de una documentación obtenida en forma ilegitima de la Excma. Cámara Penal de Corrientes, extraída del Sistema Iurix del poder Judicial de la Provincia de Corrientes. Los concejales podrían ser suspendidos en sus funciones al finalizar la investigación.
Esta situación tiene como origen la fecha del 4 de octubre, donde Pereira vicepresidente segundo del HCD, explico que estando a cargo de la Presidencia, tiene ingreso una nota dirigida al Sr. Presidente y suscripta por los Concejales de Encuentro por Corrientes, junto a la mentada nota, los mismos adjuntaron una impresión Grafica Extraída del Sistema Iurix, respecto a una resolución de la Excma. Cámara Penal de Corrientes. En dicha nota los concejales firmantes, no dan cuenta de la forma en la que han obtenido dicha información y extracto de sentencia del Sistema Iurix del poder Judicial de la Provincia de Corrientes, siendo que los mismos, per se, son extraños a la causa penal la cual es secreta para los mismos. En este orden de cosas Pereira denuncia que los mismos se valieron de una documentación obtenida ilegítimamente para formular un requerimiento a la Presidencia del Concejo Deliberante. El delito se califica como VIOLACIÓN DE SECRETOS INFORMÁTICOS, penado con un mes a dos años de prisión y en el caso de los funcionarios públicos, inhabilitación especial de uno a cuatro años, donde los concejales deberán justificar al cuerpo la obtención de una resolución de la Cámara Penal de Corrientes, documentación obtenida de forma ilegitima del sistema IURIX. Esta situación no queda solo en el concejo deliberante de Goya, ya que se realizo una denuncia penal en la fiscalía Nº 2 de Goya, como consecuencia de la ostentación de manejos de documentación judicial de forma ilegitima de parte de los ediles de ECO. El caso preocupa, ya que el sistema IURIX solo lo pueden manejar funcionarios o personal judicial, ingresando para ello una clave especial. Los concejales se vieron sorprendidos por la forma en que se maneja el poder político con respecto a causas judiciales, donde uno de ellos dijo, “estamos obligados a investigar en el concejo deliberante este hecho hasta las últimas consecuencias, ya que dañan al poder judicial, utilizando herramientas secretas para perseguir a sectores políticos”. CALIFICACION LEGAL: Sin perjuicio de que en esta instancia es exclusivo resorte de la fiscalía cuadrar legalmente el hecho denunciado, se sugiere al Sr. Fiscal la calificación del mismo, en orden al delito VIOLACIÓN DE SECRETOS INFORMÁTICOS Art. 157 bis del Cód. Penal Argentino.- Como bien se sabe el Art. 157 bis inc. 2° del C.P.A. dice “Sera Reprimido con prisión de un mes a dos años el que 1.- … 2.- Ilegitamente proporcionare o revelare a otro información registrada en un archivo o base de datos personales cuyo secreto estuviere obligado a preservar por disposición de la Ley 3.- … Cuando el autor sea funcionario público, sufrirá, además, pena de inhabilitación especial de uno a cuatro años”. Ello así el Art. 212 del C.P.P. de Corrientes, en lo pertinente dice “Carácter de las actuaciones. El Sumario podrá ser examinado por las partes y sus defensores después de la declaración del imputado; pero el Juez podrá ordenar el secreto, por resolución fundada, siempre que la publicidad ponga en peligro el descubrimiento de la verdad, con excepción de las actuaciones referentes a los actos mencionados en el artículo 208….El sumario será siempre secreto para los extraños, con excepción de los abogados que tengan algún interés legítimo”.- La cuestión a investigar por los concejales será determinar, como alguien, desconocida a una causa, ha proporcionado ilegítimamente a los concejales Jesús Méndez Vernengo, Lida Teresita Maidana, Federico Turnier, Jorge Fernando Mazzaro y Fernando Vallejos, impresión de una resolución de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Penal. Es por ello que la municipalidad de Goya reunido en concejo establecería: ARTÍCULO 1°: CONFORMAR una Comisión Investigadora para tratar la supuesta comisión del delito de “Violación de Secretos Informáticos”, previsto en el Art. 157 “Bis” por parte de los concejales Jesús Méndez Vernengo, Lida Teresita Maidana, Federico Turnier, Jorge Fernando Mazzaro y Fernando Vallejos, en virtud de la resolución de la Excma. Cámara Penal de Corrientes extraída del Sistema Iurix del poder Judicial de la Provincia de Corrientes.- ARTICULO 2º: CONFORMASE la Comisión Investigadora con la totalidad de los concejales con excepción de los investigados, y conforme las disposiciones del Capítulo III del Reglamento Interno la que deberá expedirse en un plazo de 30 días hábiles.- ARTICULO 3º: LA COMISION deberá ajustarse a lo dispuesto por la Carta Orgánica de la Municipalidad de Goya y el Reglamento Interno del Cuerpo.- ARTICULO 4°: DE FORMA.- Firman el proyecto de la conformación de la comisión investigadora, los concejales, Cesar Kalemberg, Luis Ramírez, Ludmila Baldi, Marta Reyes, Stella Maris Ginochi, Raquel Guerreño, Pablo Ibáñez, Pablo Monzón y Ariel Pereira.
Miércoles, 19 de octubre de 2016
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