Viernes  26 de Abril del 2024
  
CORRIENTES

El Tribunal Oral Federal condenó a un ex militar y a dos civiles por delitos de lesa humanidad


La justicia correntina condenó a la pena de 25 años de prisión al ex militar Héctor Mario Filippo y al agente civil Carlos Faraldo, y a 6 años a Darío Ledesma, personal civil, por delitos de lesa humanidad.





Filippo y Faraldo fueron condenados por privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos en tres hechos y a Darío Ledesma por privación ilegítima de la libertad agravada en uno.

El tribunal dispuso la inmediata detención de los tres condenados y el día 6 de agosto como fecha de lectura de la sentencia.

Las víctimas son los hermanos Carlos y Lilian Lossada y Rosa Noemí Coto, esposa de Carlos, oriundos de la ciudad de Paso de los Libres, distante a 400 kilómetros de la capital provincial, donde fueron detenidos en noviembre de 1976.

Luego de la sentencia, Carlos Lossada, manifestó en declaraciones a Télam que “parecía que este día nunca iba a llegar” y agregó que “la justicia tarda, pero finalmente llega”.

“Con esta condena, se cierra una herida. Estoy viviendo esta condena con mucha satisfacción”, dijo la víctima.

Por otra parte, destacó la decisión del Tribunal de disponer la detención inmediata de los condenados y que esperen la sentencia firme en prisión.

“Eso me da mucha tranquilidad, en Paso de los Libres estamos en la frontera con Brasil y podrían haberse fugado”, explicó Lossada.

Finalmente, destacó la política de derechos humanos imperante en la Argentina.

“Es algo muy importante lo que pasa en este sentido hace diez años. En otros lugares del mundo miran con mucho respeto a la Argentina, porque es el único país que castiga a sus genocidas”, dijo.


"Argentina es el único lugar del mundo que castiga a sus genocidas"
Carlos Lossada
Por su parte, el abogado de la querella, en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Mario Bosch, expresó su “satisfacción” por la condena que fue en coincidencia a lo solicitado por la querella y la fiscalía.

“El dictado de esta sentencia condenatoria pone las cosas en claro y jerarquiza a las víctimas al respetarse su palabra, y genera verdad histórica en una ciudad como Paso de los Libres, tan militarizada”, dijo el letrado a Télam.

Al respecto, manifestó que “en una comunidad chica, además del calvario que pasaron durante la dictadura, la sociedad en algún momento les había dado la espalda a los ex detenidos, y hoy el estado de derecho viene a reparar el daño llevado adelante por el terrorismo de Estado”.

En noviembre de 1976, Carlos tenía 25 años cuando llegaron a su casa y la de sus padres y apuntándolos con un arma de fuego, los detuvieron a él, a su hermana Lilian de 20 años y a su cuñada.

En la detención intervinieron el ex teniente primero Héctor Mario Filippo, sindicado como el jefe del operativo, Carlos Faraldo y Rubén Darío Ledesma, personal civil del Destacamento de Inteligencia 123 de Paso de los Libres.

Lilian fue la más afectada, ya que además de ser torturada estuvo presa durante tres años y medio, primero en Paso de los Libres, luego en el Instituto Pelletier de la capital correntina y finalmente en el penal de Villa Devoto.

El Tribunal Oral Federal de Corrientes, integrado por Víctor Alonso, Fermín Ceroleni y Lucrecia Badaró, condenó a Filippo y Faraldo a 25 años de prisión y a Ledesma a la pena de seis años.

En los casos de Filippo y Faraldo, se dispuso “la pena de 25 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua como coautor penalmente responsable de los delitos privación ilegitima de la libertad agravada por la condición de funcionario público y por su realización con violencia y amenazas”.

Se consideraron tres hechos, “todos ellos en concurso real entre sí y en concurso ideal por el delito de la aplicación de tormentos por la condición de perseguido político de la víctima”.

Ledesma, en tanto, fue condenado a “la pena de 6 años prisión e inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena como coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegitima de la libertad agravada por la condición de funcionario público y por su realización con violencia y amenazas” en un hecho.

Además, el TOF, dispuso “revocar las excarcelaciones oportunamente concedidas disponiendo la inmediata detención de los imputados y su alojamiento en la prisión regional Norte U.7”.

El próximo 6 de agosto fue la fecha dispuesta para la lectura de los fundamentos de la sentencia.


Miércoles, 31 de julio de 2013


 


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