Jueves  25 de Abril del 2024
  
TAMBIÉN AMPLIARÁ LA PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES POR NOVENTA DÍAS MÁS

El Gobierno extenderá la doble indemnización durante todo el año

A pocos días de que se venza el plazo dispuesto por el Gobierno Nacional que impide a las empresas a despedir empleados, el Ejecutivo nacional resolverá extender la prohibición de echar trabajadores durante 90 días. También ampliará el pago doble de indemnización, esta vez, durante todo el 2021. La medida se hará oficial en los próximos días.



A pocos días de que se venza el plazo dispuesto por el Gobierno Nacional que impide a las empresas a despedir empleados, el Ejecutivo nacional resolverá extender la prohibición de echar trabajadores durante 90 días. También ampliará el pago doble de indemnización, esta vez, durante todo el 2021. La medida se hará oficial en los próximos días.

De acuerdo al decreto Decreto 891/2020, publicado en el Boletín Oficial, la prohibición de despidos y suspensiones finalizaba el 29 de enero. En aquel entonces, el gobierno había considerado que "la pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente - más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos".

El origen de estas medidas fue para limitar el impacto de la pandemia de coronavirus sobre el mercado de trabajo. El Poder Ejecutivo impuso la prohibición de los despidos y la penalidad del pago de doble indemnización a las empresas que dispusieran cesantías sin causa de su personal.

La primera de esas medidas fue decretada inicialmente a fines de marzo. En ese momento, cuando lo anunció, el presidente Alberto Fernández cuestionó públicamente, sin mencionar el nombre, a Paolo Rocca, dueño de Techint, porque había despedido trabajadores agremiados en el sindicato de la Construcción.

Los fundamentos del nuevo decreto serán los mismos que en los casos anteriores (el primer DNU rigió desde el 1° de abril, el segundo, desde el 1° de junio y el tercero desde el 1 de dicembre): se dicta en el marco de la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar el coronavirus”.

Desde el Gobierno confirmaron que, como dice el texto del último decreto, "los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto" en este texto "no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales". La medida no se aplicará "en el ámbito del Sector Público Nacional".

La decisión de extender esas medidas de protección a los trabajadores fue tomada en la reunión de Gabinete Económico. En este mismo encuentro los funcionarios evaluaron la marcha de los precios, en particular los de los alimentos frescos.


Viernes, 22 de enero de 2021


 


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