CLARACION DE REPRESENTANTES EN LA PROVINCIA SOBRE UNA RESOLUCION NACIONAL
Anses Corrientes reafirma que sí se debe presentar el certificado de escolaridad
Para percibir la ayuda anual escolar se debe presentar el certificado pero, a diferencia de lo dispuesto el año pasado, hay tiempo hasta el 31 de diciembre. Desde la sede local dijeron que es una de las consultas más frecuentes junto con la tarjeta Alimentar.
Esta semana el Gobierno nacional dio a conocer que flexibilizará los trámites para el cobro de la ayuda escolar anual que reciben cada año, con el inicio del ciclo lectivo, las familias con hijos de entre 4 y 17 años de edad. En este marco, desde la Anses Corrientes explicaron aEl Litoralque sólo se extendió el plazo para presentar los requisitos para el cobro, ya que sigue siendo indispensable presentar el certificado de escolaridad para tener este beneficio económico. Al respecto, desde la sede local indicaron que “se extendió el plazo hasta diciembre para presentar los requisitos para el período 2020, es mentira que no se debe presentar el certificado”. La directiva de Nación fue “dar tiempo hasta el 31 de diciembre para que puedan presentar, mientras tanto siguen cobrando”. En cuanto a las consultas por esta ayuda, comentaron a este medio que “la gente tiene el ejercicio de ir hasta la sede, y esta ayuda escolar, así como la tarjeta Alimentar, son algunos de los temas que más preguntan”. En relación a Alimentar, señalaron que en Anses “sólo se hace el cruzamiento de datos para ver de esa manera la cantidad de gente beneficiaria”. Cabe recordar que a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial el día lunes, la Anses estableció que no será necesaria la presentación del certificado de escolaridad al 31 de diciembre, uno de los requisitos que se habían determinado el año pasado. En el país, esta asignación es percibida por más de 6 millones de personas, número que también incluye a menores de entre 45 días y cuatro años. La misma consiste en el pago de una suma de dinero en el mes de marzo y se abona por cada hijo de entre 4 y 17 años que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal, o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados de educación diferencial. “La falta de presentación de los certificados escolares al 31 de diciembre de 2019 no se encuentra necesariamente ligada a trayectorias escolares discontinuas; por lo tanto, es menester continuar profundizando el trabajo articulado con los distintos organismos y ministerios para realizar acciones conjuntas que tiendan a resolver las barreras para que los niños, niñas y adolescentes puedan acceder y sostener el derecho a la seguridad social”, estableció la Anses en la resolución. Cabe indicar que la ayuda escolar es una suma fija de 2.300 pesos por hijo que este mes debe ser actualizada por el índice de movilidad previsional, y que se abona a uno de los padres de los chicos y adolescentes que asisten a establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial. En el caso de hijos con discapacidad es requisito tener vigente la autorización para el pago de asignaciones por hijo con discapacidad emitida por Anses. En las zonas “desfavorables”, la suma es mayor, de entre 3.069 y 4.590 pesos por chico. Esta ayuda la cobran los trabajadores en relación de dependencia, los titulares de la Prestación por Desempleo, de una prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), los monotributistas, los jubilados y pensionados, y los titulares de la Asignación Universal por Hijo. El requisito es que los ingresos del trabajador o del grupo familiar deben ser inferiores al máximo vigente ($72.067 y $129.190) excepto para el caso de hijos con discapacidad, que no tiene límites.
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Viernes, 14 de febrero de 2020
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