PARA RESGUARDAR LA SALUBRIDAD PÚBLICA
Capital y otros tres municipios solicitaron al ICAA estudios de factibilidad para instalar una planta de disposición final de residuos
El intendente de Corrientes, ingeniero Fabián Ríos; junto a sus pares de San Luis del Palmar, Empedrado y Paso de la Patria solicitaron al Instituto Correntino del Agua y el Ambiente (ICAA) el estudio de factibilidad del uso de suelo de tres predios propuestos para la instalación de una planta de disposición final de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) con relleno sanitario controlado.
Los Jefes Comunales exigieron celeridad en el tratamiento de la solicitud, que de no atenderse con la urgencia que merece el caso, podrían generarse peligros ambientales. El intendente de la Ciudad de Corrientes, Fabián Ríos, junto a los intendentes de San Luis del Palmar, Ricardo Valenzuela; de Empedrado, Daniel Mieres y de Paso de la Patria, Armando Bordón, presentaron una nota al Instituto Correntino del Agua y el Ambiente (ICAA) con el que solicitaron los requisitos necesarios y el estudio de factibilidad del uso de suelo de tres predios tentativos propuestos para habilitar una nueva planta de disposición final de residuos sólidos urbanos (RSU) con un sistema de relleno sanitario controlado. Con el objetivo de realizar una gestión adecuada de R.S.U en cada uno de los municipios, solicitaron con suficiente tiempo de antelación al ICAA que determine la factibilidad de alguno de los predios propuestos para la instalación de la planta de disposición para las cuatro Comunas. El pedido es de vital importancia para realizar “la adecuada y eficaz disposición final de los R.S.U y de no procederse con la prematura del caso, nuestros respectivos municipios se verían impedidos de realizar, a la brevedad, una adecuada gestión de los R.S.U; con el consecuente e indeseado peligro ambiental para nuestras comunidades, generando impacto negativo para toda la Provincia de Corrientes”, indica el documento firmado por los cuatro Intendentes. Cabe destacar que la Ley Nacional Nº 25.916, en su artículo 18, fija que el Instituto Correntino del Agua y el Ambiente -como autoridades competente en la Provincia de Corrientes- debe fijar los requisitos para la habilitación de los centros de disposición final de los Residuos Sólidos Urbanos.
Jueves, 23 de octubre de 2014
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