EMPLEAN ACTAS FILMADAS
Dan por cumplida la destrucción del terraplén de Yahaveré
El Juzgado Civil y Comercial N° 12 dio por cumplida la sentencia de destrucción del terraplén de Yahaveré y ordenó el archivo de las actuaciones.
Como novedad, se utilizaron en la causa actas filmadas, con vistas áreas y terrestres del camino. En la causa “LEIVA BRUNO C/ FORESTAL ANDINA S.A. S/ SUMARÍSIMO”, el titular del Juzgado Civil y Comercial N° 12, doctor Pablo Martín Teler Reyes, resolvió no considerar válido el video presentado por la actora y exhibido en la audiencia del día 9 de mayo de 2014; decretar la caducidad del art. 207 del CPCC respecto de la cautelar dictada mediante Providencia N° 27.368 del 23 de noviembre de 2012 de fs. 1655, por no pertenecer a estas actuaciones y no haberse iniciado un proceso para sostener la misma en el término de ley; y dar por cumplida la sentencia de destrucción del terraplén, ordenando el archivo de las actuaciones. 1
El magistrado sostuvo que su decisión se basó en la constatación personal de esa destrucción, mediante una inspección judicial realizada el 16 de mayo pasado y el cumplimiento del acuerdo de partes que tuvo lugar en junio del 2013. “Alargar indefinidamente este juicio perjudicaría al medio ambiente que se pretende proteger” afirmó el doctor Teler Reyes.
En relación al primer aspecto, indicó que “constató personalmente que la parte del terraplén cuya destrucción se acordó en audiencia se efectuó adecuadamente por la Dirección Provincial de Vialidad: recorrimos a pie casi toda la extensión del camino principal; atravesamos siete puentes de madera bajo los cuales el agua corría sin impedimentos, apreciamos la naturaleza que nos observaba pasar sin molestarse. El agua estaba a ambos lados del terraplén y a un mismo nivel, de lo que deducimos que no impide el normal escurrimiento de las mismas”.
Añadió “Nuestra impresión es que la naturaleza aprendió a convivir e incluso se sirve de lo queda del camino. Los animales: carpinchos, yacarés, aves y el ganado buscan tierra firme para descansar de las aguas que por todos lados está. El terraplén hoy es parte del paisaje. La presencia del hombre siempre va a modificar la naturaleza. Lo que debemos tutelar es que ello no sea agresivo ni destructivo para ella. Debemos buscar la convivencia. Eso es lo que entiendo que se ha logrado en el caso”.
El doctor Teler Reyes recordó que el último punto del acuerdo suscripto entre las partes se dejaba constancia de que no debía destruirse “todo lo construido con anterioridad al dictado de la medida cautelar 711, denominado como tramo no cuestionado, conforme informe de comisión del ICAA”. “Entiendo que continuar interviniendo la naturaleza para destruir lo que queda sería de un fundamentalismo rigorista excesivo. No estamos frente a un cobro de pesos, que puede exigirse hasta el último centavo de capital e intereses y medir así su cumplimiento. Se trata de la ejecución de una sentencia ambiental, en cuyo trámite deben medirse las consecuencias sobre el entorno. Por ello se han realizado diversas audiencias para establecer la forma de cumplimiento, y cada acuerdo alcanzado fue homologado, estableciendo los modos de ejecución de la misma, los que se han cumplido”.
Destacó además el empleo como novedad de actas filmadas, tanto el 23 de mayo de 2013 como el 16 de mayo pasado, con vistas aéreas y terrestres del camino, las mismas –aclaró-están a disposición de las partes y la prensa si desean ser consultada, por Secretaría 25 del Juzgado Civil y Comercial N° 12.
Viernes, 30 de mayo de 2014
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