FUE PRESENTADO POR CONCEJALES DEL FRENTE DE TODOS
Concejales oficialistas duermen proyecto de ordenanza sobre la creación de un albergue de aislamiento COVID
Nuevamente en reunión de comisión de salud los concejales Osellistas, Darío Abelardo Zapata, Sabina Valeria Calvi, Vivian Merlo y María Elena Poggi, hacen dormir intencionalmente un proyecto fundamental para el momento que vive el mundo entero, además de evitar que el intendente consteste la razón de su viaje en marzo a EEUU. La creación de un Albergue Municipal de Aislamiento Preventivo, destinado a personas que provienen de zonas rojas en el marco de la pandemia por Covid19. Dicho proyecto del Frente de Todos fue presentado por la concejal Lorena Pérez Carballo, pero no logra que se apruebe, mientras dicha comisión prefiere abocarse al proyecto del concejal Zapata sobre Uso discrecional de la sal en establecimientos gastronómicos.
Comisión de Salud
La primera comisión en conformarse, con la presencia de los concejales Darío Abelardo Zapata, Sabina Valeria Calvi, Vivian Merlo y María Elena Poggi, fue la de Salud, Desarrollo Humano y Promoción Social.
Los integrantes de la misma analizaron los siguientes temas:
Expediente N° 3.023: Proyecto de Resolución sobre Uso discrecional de la sal en establecimientos gastronómicos. El mismo continúa en tratamiento y es retirado por el concejal Darío Zapata.
Expediente N° 3.003: Proyecto de Ordenanza sobre creación de Albergue municipal de aislamiento preventivo. Este proyecto continúa en tratamiento. PROYECTO ALBERGUE MUNICIPAL DE AISLAMIENTO PREVENTIVO VISTO: La necesidad de crear un Albergue Municipal de Aislamiento Preventivo de lucha contra el Covid19 y;;; CONSIDERANDO: Que, el 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo COVID-19 (coronavirus) como una pandemia, y animó a todos los países a tomar las medidas apropiadas para prepararse a ello. Que, el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto N° 260/2020 declaro la emergencia en el país por un año, instando a todos a adoptar las medidas tendientes a que no se propague el Virus. Que, hasta la actualidad no existe cura contra el virus por lo cual desde la Organización Mundial de la Salud recomiendan el aislamiento preventivo. Que en los últimos días se ha constatado la propagación de nuevos casos de coronavirus en numerosos Municipios de la Provincia de Corrientes por lo que resulta fundamental el refuerzo de medidas preventivas tendientes a restringir las posibilidades de circulación del virus. Que, en la situación actual, resulta necesaria la adopción de nuevas medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en evidencia científica, que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación epidemiológica, a fin de mitigar su propagación y su impacto santario. Que, otros Municipios de la provincia vienen llevando adelante este tipo de medidas, las cuales resultaron efectivas para mayor prevención y control de la penetración de la pandemia en sus territorios. Que en los últimos días aumentaron los posibles casos de personas infectadas de Covid19 puesto que vinieron de zonas declaradas de riesgo. Que es obligación del Estado Municipal bregar por la salud y el bienestar de su población tal como viene trabajando desde la declarada Emergencia Sanitaria y que la única forma de prevenir es aumentar el control de seguridad y sanitario por parte del Estado. POR LO EXPUESTO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE GOYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTICULO 1º: Crear un Albergue Municipal de Aislamiento Preventivo” destinado a personas que provienen de zonas rojas y personas que no tienen refugio seguro donde pasar el aislamiento social, preventivo y obligatorio en el marco de la pandemia por Covid19. ARTÍCULO 2º: Garantizar el cumplimiento de los 14 días de aislamiento y resguardar a la población residente en el Municipio de Goya. ARTÍCULO 3º: Determinar que los sujetos nombrados en el artículo primero deberán realizar la cuarentena obligatoria en los lugares que se le asignen mediante el presente programa. ARTÍCULO 4º: Establecer que el albergue deberá contar con personal de seguridad en su acceso para control y prevención. ARTÍCULO 5º: Disponer que la Municipalidad de Goya será la responsable de garantizar los elementos de higiene y comida diaria. Asimismo, será garante del efectivo respeto y cumplimiento de los derechos de las personas aisladas. ARTÍCULO 6º: Instar ante el Hospital Regional Camilo Muniagurria para el efectivo control sanitario de las personas aisladas. ARTÍCULO 7º: Establecer un Registro Municipal de Personas Aisladas. ARTÍCULO 8º: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para el cumplimiento de la presente Ordenanza: a) a utilizar toda instalación municipal o lugar físico perteneciente a la Municipalidad de Goya., b) a suscribir convenios con personas físicas y jurídicas, públicas y privadas c) a utilizar todas las herramientas, recursos tanto materiales como financieros a su disposición. ARTÍCULO 9º: De forma.
Viernes, 14 de agosto de 2020
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