NETFLIX Y SPOTIFY
El Gobierno suavizó fuerte el impuesto a los servicios digitales en dólares y no pagarán el 30%
A través de la reglamentación de la ley de Solidaridad, el Ejecutivo decidió bajar a casi un cuarto del 30% el recargo sobre los pagos en dólares para populares aplicaciones como Netflix, Spotify, Airbnb y Tinder, entre otras, así como en el caso de la contratación de servidores de internet y demás servicios vinculados con el mundo web. Los detalles.
Finalmente, a través de la reglamentación de la ley de Solidaridad y Reactivación publicada hoy en el Boletín Oficial, Alberto Fernández decidió achicar de forma contundente el recargo del impuesto del 30% sobre los pagos de populares plataformas digitales, como Netflix y Spotify, a pesar de tratarse de consumos en dólares.
La contratación de servicios digitales como las mencionadas plataformas de streaming y consumo on demand productos audiovisuales y sonoros, como también de Airbnb yTinder, entre otras, no pagarán el 30% de recargo, pese a tratarse de consumos en dólares, y en cambio quedó establecido en el artículo 17º que tributarán solamente un 8%.
En los considerandos de la norma, el Poder Ejecutivo argumentó con énfasis que “debido a que determinados servicios digitales indicados en la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, se encuentran gravados por este tributo, es necesario fijar una alícuota reducida”.
La explicación de esto tiene que ver con que se trata de servicios que si bien se facturan en dólares, tienen un amplio alcance en la población y, por sobre todo, pagan IVA, por lo que si el recargo del 30% generase un menor consumo de estos servicios, también se vería afectado el Estado con menor recaudación.
Entre la lista de servicios que se incrementarán mucho menos que el sobreanalizado 30%, están plataformas como Netflix, Spotify, Tinder y todas las que ofrezcan servicios online o de streaming pero que se facturan desde el exterior. También estarían incluidos otros servicios menos conocidos, pero muy utilizados por las pequeñas y medianas empresas, como los de publicidad que ofrecen las empresas como Google y Facebook, o de cloud -almacenamiento en internet- de compañías como Amazon, Microsoft o Google. Otro servicio que sufriría recargo es el de alquileres temporarios a través de plataformas internacionales, ya que desde septiembre del año pasado, AirBnb tomó la decisión de cobrar en dólares los alquileres dentro de la Argentina.
Ese 30% sí se aplicará para el resto de los casos enumerados en la ley, como la adquisición de moneda extranjera, las compras de pasajes o gastos en el exterior.
Por otra parte, el decreto confirma la suspensión del impuesto del 30 por ciento sobre "la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes". De este modo, los pasajes de avión a países vecinos seguirán incluidos dentro del régimen y tributarán el 30 por ciento.
Lunes, 30 de diciembre de 2019
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