MEGAESTAFA OCURRIDA EN 2007
Rechazaron la prescripción de la causa Boston Continental
Alejandro Rotella hijo está detenido en la Unidad Penal 6 de Corrientes. La Cámara de Apelaciones en lo Criminal de la ciudad de Corrientes resolvió que el juez de instrucción de origen declarase de oficio la prescripción de la acción respecto al delito de “estafa”, en el caso de Alejandro Saúl Rotella, imputado en la llamada Causa Boston.
Ante esa decisión, la Fiscal de Instrucción N° 4 interpuso un recurso de casación y fundamentó ese planteo al señalar que la omisión de la rebeldía de Rotella como causal de suspensión del curso de la prescripción era inconstitucional.
Esa omisión trasgredía, sostuvo, el principio constitucional de igualdad ante la ley, puesto que los restantes procesados en la misma causa se hallan cumpliendo desde años atrás penas privativas de libertad- uno de ellos incluso ha sido condenado a 18 años de prisión-.
Según el fallo “resulta fácil colegir que esta decisión que se impugna se traduce en una especie de premio al imputado, que ha estado prófugo durante más de 6 años, asumiendo una identidad falsa, entorpeciendo el accionar de la justicia, de la cual se ha burlado todo este tiempo, máxime si se tiene en cuenta la índole de los bienes jurídicos afectados por la comisión de las reiteradas estafas, el número de damnificados y los montos siderales de dinero que fueron producto del ilícito, lo que sin lugar a dudas posibilitó que el imputado Rotella escapara del brazo de la justicia tanto tiempo sin poder ser localizado pese al estado público y notorio que tomó la causa y las pesquisas dirigidas a localizarlo”.
La Fiscalía expresó que Rotella manifestó “un desprecio absoluto” por los derechos de los damnificados, quienes luchaban por obtener una respuesta a sus reclamos. Ratificó su postura contraria a la de la Cámara al resaltar que las prerrogativas constitucionales no podían beneficiar a un rebelde “que consciente y deliberadamente decidió ponerse fuera del alcance de la ley, para luego pretender invocar tales garantías en su beneficio, cuando éstas operan dentro de un sistema de derecho, en el marco de un proceso judicial, al cual el imputado eligió no someterse”.
Los Ministros del STJ, en la sentencia Nº 251/17, revocaron la decisión de la Cámara, y dispusieron que las actuaciones fueran remitidas al Juzgado de Instrucción para que éste continuara con su sustanciación respecto de los delitos correspondientes al imputado Alejandro Saúl Rotella.
Jueves, 28 de diciembre de 2017
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