FALLO JUDICIAL
La DPEC tendrá que reintegrar lo mal cobrado a los usuarios
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº2 declaró parcialmente abstracto el planteo de la Asociación de Usuarios y Consumidores de Corrientes, sobre aumento de energía eléctrica que rigió a partir de febrero y marzo de este año, ya que en forma posterior, se dictó otro cuadro tarifario, previa audiencia pública (en Santa Rosa) y con previsión de aplicación gradual y progresiva del aumento- que se encuentra en vigencia actualmente (decreto 1946/17). Güemes resolvió también la nulidad del decreto 516/17 por el que se había aprobado el cuadro tarifario entonces cuestionado, por no contar con la participación de los usuarios a través de la previa audiencia pública exigida por la ley.
Si la sentencia queda firme, los usuarios residenciales podrán solicitar el reintegro en forma personal ante la DPEC, invocando el fallo de la jueza. Güemes rechazó además el planteo de falta de legitimación activa formulado por la DPEC y el Estado Provincial.
TENDRA QUE DEVOLVER
La jueza Güemes dispuso que la sentencia del último 24 de noviembre, tendrá efecto en los usuarios residenciales, quienes podrán invocarla y solicitar en forma personal ante la DPEC el reintegro de lo cobrado de más, desde la aplicación del cuadro tarifario cuya nulidad se reclama hasta la publicación en el Boletín Oficial del decreto 1946/17 (6 de septiembre de 2017), descontando los períodos en los que no se haya aplicado el cuadro tarifario cuestionado, en virtud de la medida cautelar dictada en igual causa.
Viernes, 1 de diciembre de 2017
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