Viernes  17 de Enero del 2025
  
EVALUAN NUEVO ESCENARIO PARA LAS ELECCIONES 2017

La Justicia habilitó la boleta electrónica en la Capital y habría otro turno electoral


El Superior Tribunal autorizó que en las elecciones municipales de la ciudad de Corrientes, sea posible la instrumentación del sistema electrónico para votar. Hizo lugar a la medida cautelar planteada por la Comuna, pero estableciendo que no podrá utilizarse en simultáneo con los comicios provinciales y nacionales.







El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió hacer lugar a la medida cautelar promovida por el Municipio de la ciudad de Corrientes, para utilizar la boleta electrónica en los comicios comunales de este año, aunque condicionando que los mismos no coincidan con las elecciones provinciales y nacionales.
El fallo se conoció públicamente ayer, pero el ministro Eduardo Pansieri, momentáneamente a cargo de la Corte provincial, ya lo había firmado el pasado 6 de enero
En los considerandos de la resolución, se señala que el doctor Pio Sierra, en representación de la Municipalidad de Corrientes, promueve una acción de conflicto de poderes contra el Estado de la Provincia de Corrientes, solicitando el dictado de una medida cautelar innovativa, tendiente a que el Poder Ejecutivo respete la aplicación de la Ordenanza N°6502/16, que refiere al sistema de boleta única electrónica en la jurisdicción del Municipio local, “en razón que el citado Poder aplica la Ley electoral por sobre la mencionada ordenanza, vedándole de tal manera al Municipio el uso de sus atribuciones en materia electoral”, alega el asesor legal.
Desde el Estado de la Provincia, contestan los doctores Víctor Eduardo Ojeda y Jorge Oscar Alberto Schuster, que fundamentan que “la Provincia, al no contar con una ley que autorice la emisión del sufragio mediante el mecanismo de voto electrónico, se encuentra impedida de su utilización para cargos electivos provinciales, por lo que de determinar el Municipio la utilización de cualquier sistema que no esté previsto en el Código Electoral vigente, “las elecciones no deberán ser simultáneas con el de las elecciones generales a cargos provinciales, toda vez que no podrá hacerse distinción entre votos provinciales y municipales. Debiendo en el caso producirse una doble emisión del sufragio”, sostienen.
Agregan que tampoco podrá coincidir con las elecciones nacionales, “por cuanto si es simultánea con la Nación, el Código Electoral nacional absorbe la jurisdicción y competencia sobre el proceso electoral y la Nación aún no ha adoptado el sistema de voto electrónico”.
En base a estos dos planteos, el STJ expone que “resulta importante proteger la iniciativa de la utilización de la tecnología por parte del Municipio capitalino en el proceso eleccionario”, y reconoce además la urgencia de una definición en virtud del tiempo y costo que conlleva el llamado de licitación para adquirir el sistema electrónico.
También plantean que “si la Municipalidad utiliza el sistema de voto electrónico no sería lógico que el votante deba utilizar sistemas distintos en el mismo acto electoral, cuestión que traería confusión y podría burlar el derecho electoral de los ciudadanos.
Por último, resuelve en base a lo expuesto “hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el Municipio de la ciudad de Corrientes, siempre y cuando no se utilice el voto electrónico en forma conjunta con las elecciones provinciales y nacionales, para cargos legislativos y/o ejecutivos durante el año 2017 y hasta que se resuelva la cuestión de fondo”.

Modernidad
El intendente capitalino Fabián Ríos regresó ayer de sus vacaciones y fue notificado del fallo judicial que autoriza el uso de la boleta electrónica.
Consultado al respecto, prefirió ser prudente y señalar que no había leído completamente la resolución del STJ, “ojalá que sea la habilitación de un sistema que estoy convencido que lo tienen que adoptar el sistema electoral argentino y el provincial”, sostuvo.
Expuso que se trata de una “muestra de avanzar” y de “modernidad” y resaltó que todos los aspectos técnicos que se estuvieron debatiendo “son perfectamente rebatibles” porque “no existe un único sistema” y muchas veces se confunde la boleta electrónica, con el voto electrónico.
En relación al condicionamiento de la fecha, prefirió no hablar, “no quiero generar especulaciones respecto a estos temas”, afirmó.
Por su parte, el asesor jurídico Pio Sierra explicó en declaraciones a Radio Dos, que “la resolución del STJ habilita a comenzar con el proceso licitatorio”.
Señaló además que “si bien es una medida cautelar, debemos esperar que se decida para facultar el procedimiento de licitación para las máquinas electrónicas para la utilización del procedimiento”.
“La otra parte podría haberse opuesto, pero sólo solicitó que no haya coincidencias para no mezclar sistemas electorales tradicionales con los tecnológicos que pretendemos aplicar”, aclaró.


Martes, 17 de enero de 2017


 


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