HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE
La Municipalidad de Corrientes prorrogó el plazo para regularizar construcciones no declaradas
La Comuna capitalina extendió hasta el 30 de noviembre el plazo para que los contribuyentes puedan adherirse al plan de regularización de construcciones no declaradas. También contempla el caso de aquellos que no concluyeron el trámite de registro y/o aprobación de planos. El régimen de excepción cuenta con importantes beneficios por presentación espontánea, el cual podrá ser gozado también por parte de aquellos que quieran iniciar obras nuevas.
La Municipalidad de Corrientes prorrogó el plazo para regularizar construcciones no declaradas El intendente municipal, Fabián Ríos, a través de la Resolución N° 2543/2015, decidió prorrogar hasta el 30 de noviembre venidero el Régimen de regularización de construcciones no declaradas, el cual cuenta con importantes beneficios por presentación espontánea.
El régimen de excepción contempla también el caso de aquellas personas que no concluyeron el trámite de registro y/o aprobación de planos por cualquier causa.
El beneficio tributario que se otorga en la moratoria también comprende a aquellos particulares o contribuyentes que pretendan iniciar obras nuevas.
Aquellos ciudadanos que se presenten espontáneamente a realizar los trámites correspondientes dentro del período de gracia, gozarán de un descuento de hasta un 20% para el cumplimiento de la tasa correspondiente a los Derechos de Registración y Aprobación de la documentación técnica; además de la quita del 30% de los intereses moratorios, punitorios y compensatorios devengados.
Para adherirse al plan de regularización, el contribuyente deberá presentar ante la Dirección de Control de Obras Particulares, dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano, una declaración jurada de obra construida sin permiso municipal, la que deberá ser firmada por el propietario o persona debidamente apoderada como único responsable; siendo esta la documentación mínima exigible para poder acogerse al presente régimen.
Cabe señalar que para el pago de la tasa correspondiente a los Derechos de Registración de Planos y/o Aprobación de la Documentación Técnica, regirá la siguiente modalidad:
Planos en condiciones de ser aprobados:
1- Por pago de contado se practicará un 20% de descuento a la liquidación determinada, con la quita del 30% de los intereses moratorios, punitorios y compensatorios devengados.
2- Para acceder al Plan de Facilidades de Pago, el contribuyente deberá abonar anticipadamente el 20% de la liquidación determinada, y el resto hasta en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un importe mínimo de $ 100, determinando los intereses por financiación a abonar por el contribuyente, como así también el vencimiento de las cuotas establecidas.
b. Planos en Contravención:
1- Por pago de contado se practicará un 10% de descuento a la liquidación determinada con la quita del 30% de los intereses moratorios, punitorios y compensatorios devengados.
2- Para acceder al Plan de Facilidades de Pago, el contribuyente deberá abonar anticipadamente el 20% de la liquidación determinada, y el resto en doce cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un importe mínimo de $ 100, determinando los intereses por financiación a abonar por el contribuyente , como así también el vencimiento de las cuotas establecidas.
En todos los casos, la Comuna recuerda que la reducción de los intereses previstos, sólo procederá para contribuyentes que cumplimenten con la presentación de la Declaración Jurada.
Los interesados en adherirse al plan deberán acercarse a la Dirección de Control de Obras Particulares, ubicada en calle Belgrano Nº 2125, en días hábiles de 7.30 a 12.30, donde deberán completar el formulario de Declaración Jurada, debiendo dejar una copia en la mencionada dependencia, y presentar dos ejemplares en la Mesa General de Entradas y Salidas Municipal de calle 25 de Mayo 1132, para la iniciación del respectivo expediente, en los mismos días y horario.
Aquellos contribuyentes que deseen realizar cualquier tipo de consulta sobre el Régimen, podrán dirigirse a la Agencia Correntina de Recaudación (ACOR), ubicada en calle Catamarca 855, de 8 a 13, donde serán asesorados por el personal de la misma.
LUGARES Y MEDIOS DE PAGO
-Caja Municipal de Préstamos (Hipólito Yrigoyen 1344)
-Dirección General de Rentas (Catamarca 855)
-Secretaria de infraestructura (Belgrano 2125)
-Delegación Municipal San Martín- Mercado de Productos Frescos (Mendoza y Ex Vía)
-Delegación Municipal Barrio Dr. Nicolini (Cosquín y Crespo)
-Delegación Municipal Barrio 17 de Agosto (Cazadores Correntinos 5600).
-Dirección de Obras Particulares (Belgrano 2.125)
-Agencia Correntina de Recaudación (Catamarca 855).
Aquel que quiera realizar el pago a través de transferencia bancaria deberán hacerlo al Nº de cuenta: 130614/004, CBU: 0940099316001306140046, CUIT: 30584152474. Una vez realizada la transferencia y/o depósito debe remitir una copia del comprobante e informar el/los recibo/s que desea cancelar con dicho importe; lo cual se puede acceder a través de la página de la Dirección General de Rentas: rentas.ciudaddecorrientes.gov.ar
Martes, 3 de noviembre de 2015
|