MEDIDA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE CORRIENTES
Cesantean a funcionario judicial por cobro de dádivas y robo de expediente
La Corte provincial dejó cesante al secretario relator de la Defensoría de Pobres, Ausentes, Menores e Incapaces de Ituzaingó, Claudio Mario Blanco, luego de comprobarse la sustracción de un expediente y otros delitos penales.
El fallo recayó en Claudio Mario Blanco, quien era secretario relator de la Defensoría de Pobres, Ausentes, Menores e incapaces de Ituzaingó. El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó los planteos de nulidad efectuados por la defensa de Blanco y aplicó al ahora ex secretario la sanción administrativa de cesantía por cometer faltas graves en el ejercicio de sus funciones. Blanco fue denunciado por el juez de Instrucción y Correccional de esa localidad, Néstor Oscar Anocíbar. Entre los hechos imputados y comprobados se encuentra el robo del expediente sobre un caso de supuesto delito contra la integridad sexual, documento que fue hallado en la vivienda que compartía con su ex pareja. En su rol de secretario relator requirió a una mujer el pago de dinero de manera indebida por la iniciación de un trámite en la Defensoría Oficial. Por otra parte, llevó a cabo trámites a favor de un hombre que había solicitado a la Defensoría Oficial asistencia para poder ver a sus dos hijas, de lo cual no se dejó constancia de las dos visitas realizadas, como tampoco contó para ello con la autorización de su superior jerárquico. El ahora ex funcionario Blanco se halla imputado también en causas penales en las que se le atribuyen los supuestos delitos de lesiones leves, violencia familiar y desobediencia judicial; y de encubrimiento calificado, hurto simple y exacciones (cobros) ilegales. Protagonizó además episodios de discusión tanto en el ámbito laboral como en el hogar con su ex pareja, que terminaron con su detención y posterior liberación. Los ministros de la Corte provincial expresaron que Blanco había violentado disposiciones legales y cometido graves irregularidades en su calidad de funcionario del Ministerio Público, y como tal debía cumplir lo establecido por el Reglamento Interno de Administración de Justicia. Finalmente, consideraron que la sanción administrativa apropiada era la cesantía, sin perjuicio de que ésta se transformara luego en exoneración en el caso de que se dictara sentencia condenatoria en sede penal.
Viernes, 3 de julio de 2015
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