BOLETIN OFICIAL
Quedó promulgada la ley que crea el registro "No llame"
La norma fue publicada este martes en el Boletín Oficial a través del decreto 1.233, que lleva la firma de la presidenta Cristina Kirchner, Capitanich y Alak.
"La baja sólo puede ser solicitada por el titular o usuario en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos", aclara la norma.
Las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios "no podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional 'No Llame' y deberán consultar las inscripciones y bajas producidas en el citado registro con una periodicidad de treinta días corridos a partir de su implementación".
Quedan exceptuados de la normativa las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.
La ley tampoco incluye en ese punto aquellas llamadas de quienes hayan sido expresamente permitidos por el titular o usuario autorizado de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, inscriptos en el registro nacional "No llame".
El decreto de promulgación de la ley 26.951, que en rigor está fechado el 30 de julio, lleva las firmas de la presidenta Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.
Martes, 5 de agosto de 2014
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