SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Goya: dejan firme la dura sentencia para ex policía y su familia por abigeato
El Superior tribunal de Corrientes deja firme la sentencia impuesta a un ex policía y su familia bajo el delito; "Abigeato Agravado por la pluralidad de autores”.
Resumen del Legajo N° LOF 5911/5 Tribunal: Superior Tribunal de Justicia. Caso: Recursos de casación contra la Sentencia N° 18/24 del Tribunal de Juicio de Goya.
Imputados: Sebastián Borda, Norma Contreras, Ana Romero y Sergio Borda.
Delitos: Abigeato agravado y tenencia de arma de fuego sin autorización.
Decisión del STJ: Se rechazan los recursos de casación y se confirma la sentencia original, con costas. Resolución del Tribunal de Juicio de la 2ª Circunscripción Judicial Goya en la Sentencia N° 18, marzo 2024. Resolvió hacer lugar parcialmente a la acusación fiscal, declarando a Sebastián y Sergio Borda, Norma Contreras y Ana Romero, culpables. La sentencia fue dictada el 08 de marzo de 2024. Los jueces fueron; Doctor Jorge Carbone presidente, Julio Duarte y Ricardo Carbajal, vocales.
Crítica formulada por la defensa en relación al informe de Senasa La defensa critica que el Tribunal valoró el informe de Senasa sin que este estuviera comprendido dentro de las excepciones del artículo 319 del Código Procesal Penal, argumentando que los jueces no pueden suplir la inactividad del Fiscal al incorporar prueba directa sin acuerdo probatorio con la defensa. Además, cuestiona la falta de coincidencias en las declaraciones y la falta de evidencia que respalde la ubicación del hecho.
Irregularidades se mencionan respecto a la prueba del reconocimiento del animal faenado Se mencionan irregularidades en la prueba del reconocimiento del animal faenado debido a que no se realizaron tomas fotográficas o filmaciones y no estuvo presente el defensor, omitiendo lo prescripto por los artículos 195, 197 y 198 del Código Procesal Penal. Además, se argumenta que la urgencia del acto no fue justificada, lo que afecta la validez de la prueba.
Los delitos se les imputan. A Sergio Borda se le imputan los delitos de abigeato doblemente agravado y tenencia de arma de fuego sin autorización legal. Se le considera coautor del delito de abigeato y autor material del delito de tenencia de armas, y Sebastian Borda, Norma Contreras y Ana Romero, 6 años y costas. También el decomiso del vehículo automotor que era utilizado para el delito.
DICTAMEN DEL MINISTERIO PÚBLICO
El dictamen del Ministerio Público concluye que no se advierten arbitrariedades ni afectaciones a las normas de la sana crítica en la sentencia acusatoria. Se valora la tenencia ilegítima de arma de fuego sin autorización legal respecto a Gustavo Sebastián Borda, Norma Itatí Contreras y Analía Romero, recomendando el rechazo del recurso de casación interpuesto por la defensa y la aplicación de la pena requerida por el Fiscal.
PLATAFORMA FÁCTICA DEL HECHO
La plataforma fáctica del hecho establece que entre el 31 de mayo y el 1 de junio de 2023, los acusados, a bordo de un vehículo Chevrolet Agile, participaron en un plan común donde dos de ellos faenaban y los otros dos alumbraban con linternas. Este hecho se considera suficiente para establecer la coautoría de los imputados en el delito en cuestión. La descripción de los hechos es fundamental para el análisis de la responsabilidad penal de los acusados.
TRATAMIENTO DE LA IMPUGNACIÓN
El tratamiento de la impugnación se centra en los agravios sobre la inobservancia de normas procesales y principios constitucionales, destacando que estos deben ser tratados primero. Se menciona que la improcedencia del rechazo de prueba puede ser invocada en la impugnación contra la sentencia definitiva, y que el tribunal no encontró nulidades absolutas en el proceso. Finalmente, se reafirma que la defensa no logró demostrar los vicios reclamados, confirmando la validez de la sentencia impugnada. Los Ministros sobre qué pronunciamiento corresponde dictar en autos, refiriéndose a la revisión de la Sentencia N° 18/24 del Tribunal de Juicio de la 2ª Circunscripción Judicial Goya. En su análisis, exponen antecedentes del caso y las irregularidades señaladas por la defensa, pero concluyen que no se justifican las impugnaciones presentadas. Finalmente, se adhieren a la solución propuesta por el tribunal, confirmando la sentencia impugnada.
Valoración de la prueba en el juicio
Se menciona que la valoración de la prueba en el juicio debe seguir los principios de la sana crítica racional, permitiendo a los magistrados evaluar la eficacia de las pruebas con total libertad, siempre explicando cómo llegaron a sus conclusiones. Además, se destaca que la defensa argumentó una valoración diferente de las pruebas en función de su teoría del caso, pero el tribunal no encontró arbitrariedades en la valoración realizada.
Pena se impuso a los imputados en la sentencia SEBASTIAN BORDA, NORMA CONTRERAS y ANA ROMERO, penalmente responsables del delito de ABIGEATO DOBLEMENTE AGRAVADO (Art 167 ter en relación al Art 167 quater inc. 1 y 6) en calidad de coautores (Art 45 del CP) Imponiéndoles la pena de SEIS AÑOS DE PRISIÓN. En relación al imputado SERGIO BORDA HACER LUGAR A LA ACUSACIÓN FISCAL y declararlo penalmente responsable del delito ABIGEATO DOBLEMENTE AGRAVADO y TENENCIA DE ARMA DE FUEGO SIN AUTORIZACIÓN LEGAL EN CONCURSO REAL (Art al Art 167 ter, en relación al 167 quater inc. 1 y 6 y Art 189 bis pto 2, 55 del CP) en calidad de coautor respecto del delito de abigeato y de autor material respecto del delito de tenencia de armas, (Art 45 del C.P) imponiéndole la pena de SIETE AÑOS DE PRISIÓN y una multa de NUEVE MIL QUINIENTOS ($9500) PESOS. Todos cumplirán sus penas bajo la órbita del servicio penitenciario de Corrientes.
Jueves, 13 de marzo de 2025
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