Lunes  25 de Noviembre del 2024
  
SADAIC, AFUERA

El Gobierno de Milei cambió la normativa de derechos de autor

Hoteles y salones privados ya no deberán pagarle a SADAIC. La medida reinterpreta el concepto de "ejecución pública" y apunta bajar los costos de ciertas actividades



El gobierno de Javier Milei introdujo una importante modificación a la normativa que regula la propiedad intelectual en Argentina, con la publicación del decreto 765/2024 en el Boletín Oficial. Esta medida, que entró en vigor a partir de este jueves, establece que los salones de fiestas, hoteles y otros espacios privados ya no estarán obligados a pagar derechos de autor a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) por la música que se reproduzca en eventos privados.

El decreto, firmado por el presidente Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el Ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, introduce una redefinición clave en la normativa. En su primer artículo, establece que se considera "ejecución pública" únicamente aquella que se realice en "un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas". De esta manera, eventos en ámbitos privados, sean de ocupación permanente o temporal, quedan excluidos de esta definición, eliminando la obligación de pagar derechos a SADAIC.

Según el nuevo decreto, "se considerará ejecución pública de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet". No obstante, el decreto aclara que las obras musicales y cinematográficas, así como los fonogramas, no podrán ser objeto de ejecución pública ni transmitidos por ningún medio sin la autorización expresa de los titulares de derechos, sus derechohabientes o las sociedades de gestión colectiva que los representen.

La nueva normativa ha generado diversas reacciones. Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, celebró la medida como un paso hacia la reducción de costos en la actividad hotelera y turística. En un comunicado en redes sociales, Sturzenegger destacó: "Hoy, por el Decreto 765/24, el presidente Javier Milei aclaró el alcance de los derechos de propiedad intelectual para la reproducción de contenidos en ámbitos privados".

Sturzenegger explicó que antes del cambio normativo existía "una controversia sobre si, por ejemplo, el uso de un televisor en una habitación de hotel consistía en una difusión pública o privada". Según el ministro, la ambigüedad en la legislación anterior había llevado a situaciones "absurdas", como el cobro de derechos de autor por la mera presencia de un televisor en una habitación de hotel, "aun si el cuarto estaba vacío". Esta situación, afirmó, "encareció significativamente la prestación de los servicios" en el sector hotelero.

El ministro también subrayó que la nueva normativa "moderniza la comercialización de licencias de reproducción", permitiendo, por ejemplo, la adquisición de licencias de plataformas de streaming, como Spotify, para su uso comercial en establecimientos con tránsito público. "Esto no solo agiliza el cumplimiento de las obligaciones legales, sino que también ofrece a los comercios y hoteles una mayor flexibilidad en la gestión de contenidos digitales", explicó Sturzenegger.

Además, el ministro vinculó la medida con una visión más amplia de la economía, destacando que "la claridad sobre los derechos de propiedad es el pilar de una economía libre". En su mensaje, Sturzenegger reveló que el decreto 765/2024 "fue el producto de un trabajo conjunto de varias áreas del gobierno", incluyendo al ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y al Secretario de Turismo, Deportes y Medio Ambiente, Daniel Scioli. Asimismo, indicó que la medida fue respaldada en el Congreso por los diputados Laura Rodríguez Machado y Hernán Lombardi, quienes impulsaron la normativa desde la comisión de Bases I.

Controversias y críticas
El cambio normativo no ha estado exento de controversias. Varios funcionarios del gobierno expresaron una retórica confrontativa, particularmente en relación con SADAIC, la entidad que históricamente ha gestionado los derechos de autor en nombre de los artistas musicales en Argentina. Javier Lanari, subsecretario de Prensa de Presidencia de la Nación, criticó duramente la antigua normativa en una publicación en redes sociales, donde señaló que "te cobren un impuesto por pasar música en una fiesta privada" era una práctica que se había "normalizado" pero que consideraba un "curro". Lanari expresó que la nueva normativa pone fin a este tipo de cobros en eventos privados, lo que consideró un avance hacia la eliminación de prácticas abusivas.

Desde el gobierno, se ha argumentado que la anterior normativa generaba confusión y costos innecesarios, afectando principalmente a la industria del turismo y la hotelería. La nueva reglamentación es vista como un alivio económico para estos sectores, que hasta ahora debían enfrentar pagos adicionales por la reproducción de música y películas en sus instalaciones, incluso cuando no generaban un beneficio económico directo de dicha reproducción.

A pesar de las críticas, el decreto 765/2024 establece claramente que los derechos de autor siguen siendo protegidos en contextos de ejecución pública y que los titulares de derechos, sus representantes o las sociedades de gestión colectiva que los representen, tienen derecho a recibir una remuneración equitativa por el uso de sus obras en dichos contextos. Esto incluye la comercialización de licencias para la difusión pública de contenidos, lo cual, según Sturzenegger, "agiliza el cumplimiento de las obligaciones en establecimientos con tránsito público".

En este sentido, la normativa también abre la puerta a nuevas formas de comercialización y utilización de licencias de reproducción, adaptándose a las necesidades de un mercado en evolución y facilitando la obtención de licencias para usos comerciales a través de plataformas digitales, como servicios de streaming. Estas licencias ahora podrán ser adquiridas para su uso en establecimientos comerciales, algo que hasta ahora no estaba claramente regulado.


Jueves, 29 de agosto de 2024


 


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