QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
Asesora de Menores sentó precedente al lograr la incorporación de pruebas en caso de abuso
Destacan el rol del Ministerio Público Fiscal en Gobernador Virasoro. Fue tras la reciente condena a un abuelo abusador.
9 de Abril, 2024
Tras la condena de 20 años de prisión que hizo recaer el Tribunal de juicio de la Quinta circunscripción, sobre un hombre que abusó sexualmente de sus nietas de 5 y 10 años, en Gobernador Virasoro, se resaltó el rol de la Asesora de Menores e Incapaces que intervino en el proceso, doctora Mirtha Luna Enciso. Sentó un precedente al lograr la incorporación de los prevencionales como prueba, es decir las medidas de acompañamiento y seguimiento realizadas a las victimas.
El prevencional es un procedimiento sui generis a través del cual el Ministerio Público Tutelar interviene en forma complementaria en el proceso y adopta medidas cautelares para proteger a las personas en este caso niños ante la vulneración de sus derechos. Por caso, informes socio ambientales, psicológicos o medidas como exclusión del hogar y/ o restricción de acercamiento, a fin de estudiar y regularizar la situación de quien sufrió el delito, hasta llegar a juicio.
En su alegato Luna Enciso subrayó la plena credibilidad de los testimonios de las niñas y como les costó encontrar a un adulto al que pedir ayuda, producto de las amenazas que debieron soportar, y que para la mente de un niño son siempre creíbles. Como la incorporación de los prevencionales le hubiera correspondido al fiscal, lo novedoso es que el tribunal haya hecho lugar al pedido de la Asesora de Menores e Incapaces.
Las secuelas del ataque a la integridad sexual de las niñas también fueron esgrimidas por la asesora para pedir esa incorporación. "El daño psicológico de las victimas todavía menores de edad, desde la experiencia la lógica y la ciencia resulta objetivamente incuestionable al llegar a la edad púber y adulta, sobre todo al ver trastocados en su psiquismo los roles de quienes debían darle seguridad y protección", advirtió la doctora Luna Enciso en su argumentación.
Y abundó al resaltar que "se trata su vez de una cuestión de género, pues afectó el derecho a la libertad sexual de las niñas, en coexistencia con su minoría de edad, ambas con alcance protectivo supranacional", dijo en referencia a los tratados internacionales que en la Argentina tienen rango constitucional y que permitieron, en su actuación hacer valer plenamente el interés superior del niño y resguardar los derechos de las niñas abusadas.
Martes, 9 de abril de 2024
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