Lunes  30 de Septiembre del 2024
  
POR UNANIMIDAD

Queda firme condena a empresario hortícola por la muerte del niño Nicolás Arévalo, intoxicado con agrotóxicos

El Superior tribunal de Justicia de Corrientes deja firme la condena al empresario tomatero de Lavalle, Nicolás Prietto. El fue hallado culpable penalmente por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES CULPOSAS, ambas en su modalidad de OMISIÓN IMPROPIA, todo en CONCURSO IDEAL. Las víctimas son, el niño Nicolás Arévalo que murió envenenado y la niña Celeste Estévez por lesiones gravísimas.




El hecho ocurrió aproximadamente el 30 de marzo de 2011, en una chacra de tomates y hortalizas ubicada en Puerto Viejo, Lavalle en una finca a cargo de quien está imputado, Ricardo Nicolás Prieto.

El condenado habría desplegado una conducta indebida e imprudente en la utilización del organoclorado alfaendosulfan, y éste agro tóxico, que se encontraba en el barro de la zanja (donde Prieto y sus operarios arrojaban los desechos) y el aire producto de las derivas del veneno, fue el que causó el edema agudo de pulmón que ocasionó la muerte de Santiago Nicolás Arévalo y las lesiones graves en la menor Celeste Abigail Estévez.

La máxima corte provincial con integración renovada, analizo la condena del tribunal goyano a Nicolás Prieto, un productor tomatero de Lavalle, Corrientes y por unanimidad decidieron rechazar el recurso de Casación y queda firme la sentencia dictada por el TOP de Goya en la cual recayó la pena de tres años de prisión con ejecución condicional.

El Expediente es N° PXG 8228/11, caratulado: "PRIETO RICARDO NICOLAS P/ HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES CULPOSAS, EN CONCURSO IDEAL – LAVALLE. Los jueces fueron, Los Doctores Gustavo Sebastián Sánchez Mariño, María Herminia Puig, Cynthia Godoy Prats, Ariel Héctor Azcona y María Eugenia Sierra.

En el pronunciamiento dictaron en autos.
Analizada la causa y controlada la sentencia, no se aprecia configurado ninguno de los vicios adjudicados a la misma por parte de la defensa del acusado, Dr. Diego Brest, a saber, que el Tribunal haya infringido el principio de congruencia y en consecuencia afectado el derecho de defensa; o que el accionar del acusado corresponda a un ilícito de comisión y no de omisión por el que fuera condenado; más bien se aprecia una reedición de agravios en esta etapa recursiva de los argumentos ya expuestos anteriormente, las que solventemente fueron respondidas por el Tribunal en su decisorio, debiendo ser confirmada.

Es necesario resaltar además que, la sentencia se basta a sí misma, explica razonadamente en el caso concreto que el hecho se encuentra probado, la autoría del imputado, relaciona razonadamente las probanzas en la responsabilidad del autor, su calificación legal y por último su correspondiente pena. Por ello, es que corresponde rechazar el presente agravio, por encontrar a la sentencia en su conformación inamovible en sus fundamentos la que ha arribado a una solución que resulta inobjetable con los argumentos expuestos por los recurrentes.

En este sentido, debo decir que todos los elementos de prueba valorados han brindado el grado de certeza necesaria en la decisión del juzgador, para dictar una sentencia condenatoria, teniendo en cuenta que el hecho se encuentra acreditado y demostrado sin ninguna duda la culpabilidad, así como la comisión por omisión culposa, tal como lo resalta el tribunal en la sentencia todo lo cual se halla construido mediante el razonamiento apoyado en reglas de la lógica, y de la experiencia común en la especie, por lo que entiendo debe rechazarse el recurso impetrado.

Cabe resaltar que,la condena llega en un segundo juicio, ordenado por el Supremo Tribunal provincial, que rechazó la absolución de Prietto dictada en 2016. "Esta lucha no fue en vano, esta lucha tiene una sentencia condenatoria a un productor de la zona de Lavalle por la implementación de químicos que dañan y que matan a nuestra población.
Esta sentencia tiene que ser la bandera de Nicolás y Celeste con la intención de generar nuevas condiciones en la producción. El mundo está avanzando, sin embargo, en Corrientes nos mantenemos en un sistema feudal, en el que el tomate vale más que la vida", sentenció el abogado de la familia Hermindo González, tras conocer el fallo.

Lo resuelto dejó en claro la responsabilidad de Prietto por el homicidio de Nicolás y las lesiones graves en Celeste.

El caso de Nicolás Arévalo y el modelo agrotóxico

"Este fallo y este caso tristísimo que le ocurrió a Nicolás y Celeste, quienes nunca estuvieron dentro del establecimiento hortícola, demuestra que no es ni la escala ni la forma sino el modelo de producción basado en insumos químicos. No pasa por qué químico o si es legal o no es legal sino que la agricultura basada en insumos químicos no es de precisión, no es controlable y genera contaminación en los alimentos, en el ambiente y en las personas que tienen contacto con él”, destacó Emilio Spataro, testigo de la causa y referente de la organización Amigos de la Tierra y Guardianes del Íbera.










Martes, 12 de septiembre de 2023


 


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