BOLETÍN OFICIAL
Quiénes deben utilizar el nuevo aplicativo de AFIP y para qué sirve
La Resolución se publicó el lunes en el Boletín Oficial y entra en vigencia este martes.
Este lunes se publicó el programa aplicativo “Ganancias Personales Jurídicas - Versión 22.0”, que deberán usar las sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros, que practiquen balance comercial, para la determinación del impuesto a las ganancias y la confección de la respectiva declaración jurada, informaron desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El nuevo aplicativo incorpora la actualización de la tabla de alícuotas a aplicar, vigentes a partir del 1° de enero de 2022, como así también la modificación de la denominación de ciertos campos en las pantallas referidas al cómputo de anticipos del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias.
Desde ahora, las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten deberán ser confeccionadas con este aplicativo.
"Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten a partir de la referida fecha de vigencia", señala la Resolución 5343/2023 publicada este lunes.
Martes, 11 de abril de 2023
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