POR DEUDA IMPOSITIVA CON AFIP
Promueven ejecución fiscal contra Telpiu S.A de Cristóbal López y Fabián de Souza
Se trata de la empresa que maneja C5N. La Justicia hizo lugar a una demanda presentada por la AFIP por el monto de $103.864716,10 más $ 15.579.707,42 de intereses.
El juez federal de ejecuciones fiscales tributarias, Guillermo Mario Galli, hizo lugar a una demanda de la AFIP contra la empresa Telepiu SA por una deuda por el impuesto al valor agregado correspondiente a los periodos agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2021 por un total de cincuenta y cinco millones cuatrocientos cincuenta y tres mil quinientos doce pesos con 49 ($55.453.512,49) con más los intereses previstos en los arts. 37 y 52 de la ley 11.683 (t.o. 1998 y sus modificaciones) que se devenguen hasta la fecha del definitivo pago, calculados según las tasas vigentes en cada período.
En la demanda presentada por el órgano recaudador para promover la ejecución fiscal solicitó al magistrado la traba del embargo general de fondos y valores del ejecutado por el monto del total reclamado con mas el 15% de dicha suma, fijados legalmente para responder a intereses -resarcitorios y punitorios- y costas. Esto es la suma de ciento tres millones ochocientos sesenta y cuatro mil setecientos dieciséis con diez centavos ($ 103.864.716,10) con mas el monto de pesos quince millones quinientos setenta y nueve mil setecientos siete con cuarenta y dos centavos ($ 15.579.707,42).
En la resolución a la que tuvo acceso MDZ, el magistrado decretó el embargo solicitado por AFIP “hasta cubrir la suma de capital reclamada con más el 15% que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas”. En atención al pedido, en carácter subsidiario, de inhibición general de bienes, “acreditado que sea la insuficiencia de fondos y valores, como así también de bienes a embargo, se proveerá”, sostuvo el magistrado.
Asimismo dispuso que el levantamiento total o parcial de la medida precedentemente ordenada “se producirá sin necesidad de nueva orden judicial una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal, el que deberá ser realizado en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, posteriores a la cancelación de la deuda”. La semana pasada MDZ informó un proceso similar de la AFIP contra Cristóbal López en relación a la no cancelación del impuesto a la riqueza. El juzgado federal de ejecuciones fiscales tributarias 2 hizo lugar a la demanda promovida por el órgano recaudador contra el empresario Cristóbal López por adeudar el pago del impuesto solidario correspondiente a 2021 por un valor de trescientos noventa y siete millones treinta y tres mil setenta y ocho con quince centavos($ 397033078,15) con más los intereses -resarcitorios y punitorios- y costas. Para ello el juez Carlos Faggi decretó el embargo general de fondos y valores, contra la demandada, “por el monto ejecutado con más el 15% que se estiman para responder a intereses y costas”.
Lunes, 7 de marzo de 2022
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