ELECCIONES
La Justicia habilitó a Tato Romero Feris a ejercer su derecho al voto
El fallo judicial se da en relación a la demanda promovida por Raúl Rolando "Tato" Romero Feris. La Justicia habilitó su derecho a votar, el cual se efectivizará una vez que el Poder Legislativo de la Nación dicte un nuevo marco legislativo que reglamente los derechos políticos de las personas alcanzadas por la normas cuya inconstitucionalidad se declara en la presente.
En comunicación con Sudamericana el Dr. Armando Aquino Britos ex gobernador Raúl Rolando "Tato" Romero Feris se refirió al fallo judicial que habilitó su derecho a votar, el cual se efectivizará una vez que el Poder Legislativo de la Nación dicte un nuevo marco legislativo que reglamente los derechos políticos de las personas alcanzadas por la normas cuya inconstitucionalidad se declara en la presente.
“Se planteó la inconstitucionalidad de la pena de la inhabilitación absoluta para el caso de los derechos políticos esto se ha hecho lugar y pide la efectivización de tal medida para que el Congreso dicte una ley en el mismo sentido”, indicó
Además aseguró el letrado “ahora bien el caso de tato es particular el juez ha actuado bien cuando emitió una decisión de esta naturaleza, pero el caso de Tato es diferente en tal sentido se tiene que hacer valer la pretensión en el ámbito provincial que es donde se ha dictado la condena, condena que hoy tiene una situación especial porque esta persona tiene una condena que ya está en grado de cumplimiento en su dos terceras partes con la característica que está gozando una libertad condicional y en tal sentido allí se aplica un artículo que es el 220 de una Ley que la tiene que ejecutar la jueza de Ejecución de Condena de la provincia de corrientes donde se ha emitido esta sanción al sr Romero Feris”.
“Planteamos la inconstitucionalidad de norma de fondo que disponen la inhabilitación del sr. Romero Feris, esa declaración lo hicimos en el marco de controversia con el Estado nacional ya tenemos la declaración de la inconstitucionalidad de esas normas”, manifestó
En tanto que explicó “en tal sentido nosotros tenemos que seguir con este instrumento a la juez provincial que es la que está monitoreando la ejecución de condena del sr Romero Feris y decirle “estas normas en virtud del cual el sr Romero Feris tenía una sentencia que es la inhabilitación han quedado declaradas inconstitucionales” notros le tenemos que decir “con este instrumento legal más la aplicación del artículo 220 de la Ley de Ejecución de Condena decir “míreme habilíteme en el padrón, habilíteme a votar y eventualmente depende del tiempo que haya ponderado una condena, usted me tiene que decir que ya tengo la totalidad de derechos políticos si menguar en el ejercicio que corresponde votar o ser votado”.
Viernes, 30 de julio de 2021
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