TRIBUNAL ORAL PENAL DE GOYA
Juzgan a dos mujeres que denunciaron por acoso laboral al rector de una escuela
Es el primer juicio por proceso de acción privada de la provincia en el marco del nuevo Código Procesal Penal. El hombre consideró que las afirmaciones que hicieron fueron sin tener prueba alguna. Hoy comenzarán a comparecer los testigos de la parte querellada.
Comenzó ayer, en el Tribunal Penal de Goya, el juicio a dos mujeres que el pasado 19 de marzo denunciaron a través de un medio audiovisual por acoso laboral y violencia de género al rector de una escuela secundaria.
Es el primer juicio por proceso de acción privada de la provincia, que tiene lugar en Goya, donde el nuevo Código Procesal Penal rige desde el 1º de marzo pasado.
Según el querellante el 19 de marzo de este año, entre las 8.50 y 12, dos mujeres se presentaron en el colegio secundario donde él ejerce como rector y ante un medio de comunicación audiovisual lo denunciaron públicamente.
El hombre consideró que las afirmaciones que hicieron fueron sin tener prueba alguna. Lo acusaron de cometer acoso laboral, violencia laboral, violencia de género, insultos y acoso a las mujeres que trabajan en dicha institución educativa.
Este tipo de proceso –acción privada- implica que la víctima de ese delito podrá, con asistencia letrada, ejerce la acción penal por querella.
La querella deberá cumplir los requisitos previstos para la acusación en el artículo 294, y se presentará con tantas copias como querellados hubiere.
El juez interviniente es el doctor Julio Ángel Duarte, mientras que el querellante es el rector de un establecimiento educativo, quien está asistido por dos abogados.
Las mujeres querelladas son dos y están acusadas por los delitos previstos y penados por los artículos 109 y 110 del Código Penal, delitos contra el honor.
En este tipo de procedimientos no participa el fiscal, solo intervienen las partes querellante y querellada.
El juicio se extenderá a lo largo de tres jornadas. Ayer se procedió a la apertura del debate, con los alegatos de apertura de las partes y luego están citados a declarar seis testigos ofrecidos por la parte querellante. En tanto hoy comenzarán a comparecer los testigos de la parte querellada.
Esta causa se postergó por la feria extraordinaria en el marco de la pandemia por covid-19 ya que tenía fecha fijada para el 10, 11 y 14 de junio.
La querella fue presentada ante la Ofiju el 6 de abril de 2021 cuando dio inicio el proceso.
Delitos contra el honor
Los artículos del Código Penal de la Nación por las que son acusadas las dos mujeres son los siguientes: el artículo 109 establece que “la calumnia o falsa imputación a una persona física determinada de la comisión de un delito concreto y circunstanciado que, de lugar a la acción pública, será reprimida con multa de pesos $3.000 a $30.000. En ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas”.
Y el artículo 110, establece que “el que intencionalmente deshonrare o desacreditare a una persona física determinada será reprimido con multa de $1.500 a $20.000. En ningún caso configurarán delito de injurias las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público”.
Miércoles, 23 de junio de 2021
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