CORONAVIRUS
Se reanudan las celebraciones religiosas con un 30% de aforo en lugares cerrados
La Jefatura de Gabinete de Ministros comunicó la decisión de exceptuar de la suspensión dispuesta en el DNU N°287/21 la realización de eventos religiosos en lugares cerrados, observando protocolos.
La Jefatura de Gabinete de Ministros comunicó la decisión de exceptuar de la suspensión dispuesta en el DNU N°287/21 la realización de eventos religiosos en lugares cerrados, observando protocolos.
16 de Junio, 2021
Por decisión de la Jefatura de Gabinete de Ministros, las celebraciones religiosas en lugares cerrados quedaron exceptuadas de la suspensión dispuesta en el Decreto N°287/21, y se podrán llevar a cabo con un 30% de aforo.
La decisión, detallan, se funda en un pedido del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, para que se arbitren las medidas necesarias en pos de que, en los lugares considerados de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, se autorice la realización de celebraciones y actividades religiosas, con un máximo del 30% de aforo de los lugares cerrados donde se desarrollen.
Sobre este pedido intervino la autoridad sanitaria nacional y el servicio jurídico pertinente.
Además, aclara que en el desarrollo de la actividad autorizada deberá garantizarse el cumplimiento de las Reglas de Conducta Generales y Obligatorias dispuestas Decreto N° 287/21, y prorrogado por sus similares, para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19 y de los protocolos vigentes en cada jurisdicción.
» Texto del comunicado (PDF)
Fuente: aica.org
Miércoles, 16 de junio de 2021
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