Sábado  18 de Enero del 2025
  
FALLO HISTÓRICO

Deberán indemnizar a playera por obligarla a trabajar en calza

La Corte de la provincia de Mendoza ordenó que una estación de servicio de Guaymallén debe indemnizar por daño moral y pagar la suma de 150 mil pesos a una empleada a la que obligó a usar, a modo de uniforme, una calza de un talle menor al suyo. Los magistrados consideraron que sufrió un contexto de violencia y discriminación en su trabajo por su condición de mujer.




Una estación de servicio de YPF deberá indemnizar a una empleada por obligarla a usar calzas. Así lo determinó la Justicia en Mendoza argumentando “discriminación y daño moral”. Ahora los propietarios de la expendedor de combustibles, deberán pagar la suma de 150 mil pesos a la mujer.

En su fallo, determinron que la denunciante sufrió un contexto de violencia y discriminación en su trabajo por su condición de mujer, y que al ser obligada a usar calzas se afectó su pudor y dignidad. Además, señalaron que: “Se vulneraron las leyes de protección de la mujer y los tratados internacionales referidos a la violencia de género”.

Según la decisión del máximo tribunal, la empresa impuso “un estereotipo patriarcal tendiente a visualizar a la mujer destacando su cuerpo como instrumento”, ya que “la imposición de vestimenta claramente sexista importa una cosificación y degradación del cuerpo”.

“Existió un conflicto entre la actora y su empleadora en torno al uso del uniforme reglamentario de la empresa. El motivo de disputa pasa por el hecho de que a la accionante se la obligaba a usar unas calzas en contra de su sentido del pudor y debía soportar frases inapropiadas de los transeúntes varones”, destacó uno de los jueces.

Los hechos ocurrieron en septiembre 2012, cuando F.V. comenzó a trabajar en una estación de servicio de la calle Bandera de los Andes al 2700 en la localidad de Guaymallén, donde era la única mujer que cargaba nafta y GNC, además de limpiar vidrios y promocionar un sistema de puntos y premios.

Como parte del uniforme de trabajo, se le entregó a la mujer una calza, una medida más chica de la que le correspondía, una remera y una gorra. Si bien la mujer solicitó usar pantalón para sentirse cómoda, sus empleadores jamás atendieron sus pedidos.

En 2013 usó pantalónes, pero desde la estación de servicio se la apercibió “por haber sido advertida en reiteradas oportunidades del uso del uniforme completo obligatorio”, situación que se repitió en reiteradas oportunidades. Ese mismo año los empleadores le dieron una calza nueva y al negarse a utilizarla fue suspendida nuevamente por no ir a trabajar con el uniforme reglamentario.

F.V. explicó que el lugar era “transitado por muchos hombres que iban a la feria y habitualmente debía enfrentarse a situaciones en que le dirigían frases de tenor inapropiado relativas a su contextura física”. Asimismo, indicó que la calza dificultaba su trabajo, dado que realizaba distintas transacciones en las que requería bolsillos.

Después de muchas cartas documentos de por medio, en las que la empleada explicaba los motivos por los cuales no estaba dispuesta a utilizar las calzas otorgadas por sus empleadores, la mujer llevó el caso hasta la Corte provincial.


Miércoles, 16 de junio de 2021


 


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