SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Confirmaron condena a un hombre que golpeó a su exmujer e hijos
El hecho ocurrió en el 2017 cuando el agresor, penado a 6 años de prisión, ingresó a la casa de su expareja, la atacó a ella y a su hijo mayor cuando intentó defender a su madre. Luego, amenazó al más pequeño con un cuchillo para que no lo denunciaran.
El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación articulado por la defensa particular de un hombre condenado en el 2018 por el Juzgado en lo Correccional N° 1 a la pena de 6 años de prisión y confirmó en todas sus partes la sentencia.
Fue encontrado responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por haber mediado una relación de pareja y violencia de género, violación de domicilio, amenazas simples y amenazas con armas, en concurso Real.
Estos delitos están previstos y penados por los artículos 40, 41, 92 en función de los 89 y 80 incisos 1° y 11°, 150 y 149 bis, 1° párrafo 1° y 2° supuesto en función del 55 del Código Penal.
La audiencia en la que se rechazó el recurso se realizó en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal y fue la decimoprimera del 2021.
Estuvieron presentes los ministros doctores Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Panseri y Guillermo Horacio Semhan, mientras que los doctores Fernando Augusto Niz y Alejandro Chaín participaron en forma remota.
El fiscal adjunto, doctor Jorge Omar Semhan, y la defensa particular del condenado participaron a través de la plataforma Cisco Webex Meetings (en forma remota) en cumplimiento a las medidas de aislamiento dispuestas en el marco de la pandemia por covid-19.
Los fundamentos de la sentencia N° 139/21 serán dados a conocer el jueves 17 de junio a las 12.
El Juzgado en lo Correccional N° 1 para dictar la sentencia condenatoria tuvo por probado que el 23 de agosto del 2017, a las 19 aproximadamente, la expareja de una mujer ingresó abruptamente al domicilio donde vivían con los hijos de ambos.
Luego de ingresar sin autorización, la insultó, la golpeó -le propinó un fuerte golpe en la zona lumbar-. Su hijo mayor fue a defender a su madre y también resultó agredido.
El condenado, además, tomó a su hijo menor y le colocó un cuchillo en el cuello, mientras los amenazaba asegurando que si hacían la denuncia, iba a matar al pequeño.
El recurrente se agravió porque consideró que el Juzgado en lo Correccional N°1 de Capital no valoró la prueba correctamente y realizó una errónea aplicación de la Ley Sustantiva.
Sostuvo en su presentación que solo se tomó en cuenta el relato de la denunciante y de su hijo menor y se omitió valorar las pruebas de descargo como la declaración del condenado, declaraciones testimoniales, informes socioambientales e informe del médico forense.
Aseguró que su defendido al momento del hecho se encontraba trabajando, por lo que resultaba imposible que estuviera en dos lugares al mismo tiempo y que la “violenta” era la denunciante que tenía “una imperiosa necesidad de causar daño a su exconcubino”.
Aseguró que no había certeza para condenarlo por no haber pruebas suficientes por lo que era aplicable el principio del in dubio pro reo establecido en el artículo 4 del Código Procesal Penal.
También se agravió por el monto de la pena impuesta, por lo que solicitó en el recurso que se anule lo actuado y se dicte una nueva sentencia absolviendo a su defendido de culpa y cargo por insuficiencia probatoria.
Jueves, 10 de junio de 2021
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