EL MUNICIPIO NO REALIZA NINGUNA GESTIÓN PARA RECUPERAR EL PREDIO
La verdadera historia de la titularidad del predio Costa Surubí
Carta Abierta a mis Vecinos de Goya integrantes de la comisión directiva de la ONG Asociación Civil Tiro Federal de Goya Gral. San Martin y a sus Socios. Estas líneas que les escribo tiene por objetivo recordarles algunos de los olvidos, que me parece, se cometieron en la misiva pública dirigida a mi persona, motivada por declaraciones que hice al programa radial "Al que madruga" respecto a mi posición, QUE RATIFICO, de que el Predio Costa Surubí debe ser de TODOS LOS GOYANOS, es decir de PROPIEDAD MUNICIPAL.
Las mismas se originaron por declaraciones públicas del Ministro de Defensa de la Nación Agustín Rossi, quien manifestó en su visita del lunes 3 de noviembre próximo pasado a nuestra ciudad, de que una vez resuelto el litigio judicial que mantiene el Estado Nacional con la ONG Tiro Federal de Goya en los estrados Judiciales Federales; y por pedido de la actual gestión municipal, transferirá el predio para que éste sea administrado por la Municipalidad de Goya.
Recordemos que el predio en cuestión (en litigio judicial) consta de aprox. 9.5 has., de las cuales aprox. 4.5 has. lindantes con la av. 1ros. Concejales -incluido el polígono de tiro- son reclamadas por el Estado Nacional por compra que este hiciera del mismo en abril de 1936 y las otras aprox. 5.5has. lindantes con el riacho Goya fueron generadas por el refulado de arena que en el año 1983 hicieron la Nación y el Municipio a fin de defender a la ciudad de las inundaciones de ese año.
Mi abuelita Raquel -Dios la tenga en su Gloria- en ejercicio de su docencia de alma, me enseñó que cuando uno cuenta una verdad a medias, PUEDE NO ESTAR CONTANDO LA VERDAD.
Entonces, como creo Uds. y yo queremos que se sepa toda la verdad sobre este tema, con el mayor de los respetos, permítanme recordarles algunas cuestiones que quedaron expresadas de manera poco claras y también POSIBLES OLVIDOS, a fin que la historia - más completa y por lo tanto más real- pueda surgir sin ningún tipo de dudas.
Olvido Nro. 1: El estado nacional compra el 04/04/1936 las aprox. 4.5has que conformaban el total del predio a los herederos de don Luis Villa. Esta compra es autorizada por decreto del entonces presidente de la Nación Argentina Don Agustín Pedro Justo. La escritura dice que se compran exactamente CUATRO HECTAREAS, SETENTA AREAS Y OCHENTA Y SEIS CENTIAREAS y que al OESTE linda con la propiedad de doña Zoraida de Balestra (actual propiedad Balestra) y CON EL RIACHO GOYA.
Olvido Nro. 2: Durante los primeros meses de 1983 el estado Nacional - a través de Construcciones Portuarias y Vías Navegables- junto al estado municipal a cargo de don Víctor Balestra refulan arena en toda la costa de Goya -mediante una Draga de grandes dimensiones- generando una defensa provisoria para contener la gran crecida del Paraná ese año. En el sector del predio en cuestión se genera un recrecimiento de costa (se ganan terrenos al rio) por aproximadamente 5.5 has.
Olvido Nro. 3: La ONG Tiro Federal de Goya inicia en el año 1985 el juicio de posesión veinte añal contra el MUNICIPIO DE GOYA - si, contra el municipio de Goya-, por las 9.5 has. del predio -si por las 4.5 has del Estado Nacional y por las 5.5 has de la Municipalidad que se ganaron al rio y conforman el sistema de Defensas- obteniendo la sentencia de POSESION VEINTEAÑAL y la inscripción provisoria en el registro catastral con fecha 10/11/1987 y definitiva con fecha 6/05/1988.
Olvido Nro. 4: Ante el reclamo del Estado Nacional, la ONG Tiro Federal de Goya pierde en 1ra. Instancia el juicio (Resolución 393 de fecha 10/09/1998) y se declara NULA LA POSESION sobre el sector de 4.5 has. -incluido el polígono- del que tiene títulos el Estado Nacional.
Olvido Nro. 5: La ONG Tiro Federal de Goya apela esta medida y la Cámara RATIFICA EL FALLO de PRIMERA INSTANCIA declarando en fecha 25/11/1998 NULA LA POSESION VEINTEAÑAL sobre las 4.5 has del Estado Nacional que La ONG Tiro Federal de Goya le había hecho a la Municipalidad- OLVIDANDOSE, OTRA VEZ OLVIDANDOSE DE ALGO... - en este caso de que su verdadero dueño era el ESTADO NACIONAL.
Por si no lo recuerdan, en una durísima sentencia firmada por los jueces Dr. Guillermo Dadone y la Dra. María Luisa Arróspide, la CAMARA DE APELACIONES de GOYA consideró que:
"A SABIENDAS SE CONCRETO ESTE OLVIDO".
Si, y no lo dije yo, lo dijeron los jueces en la sentencia dictada en su contra.
Olvido Nro. 6: No me quiero OLVIDAR de las 5.5 has. que antes les recordaba que el estado nacional con la municipalidad habían ganado en 1983 al río y que conforman el sistema de defensas provisorias contra inundaciones y sobre los que la ONG Tiro Federal de Goya hizo apropiación veinte añal. Sobre las mismas esta previsto la ejecución de la calle costera de las defensas definitivas y el estado les deberá pagar la expropiación sobre un terreno que el mismo estado generó.
Aquí el olvido me parece grave, saben porque, porque pareciera que en esta ciudad de Goya se enseñan -o se aprenden- muy mal las matemáticas.
Esta parte de terreno del que estamos hablando ahora se generó por un aluvión como argumentan uds. - pero NO SE OLVIDEN fue por un aluvión NO NATURAL de arena- escupido por una enorme DRAGA que en pocos días y ante la vista de todos - recuerdo haberla seguido todos esos días - transformó ese lugar que pescábamos y andábamos en canoa en un inmenso arenal.
Les decía que mi preocupación en este caso era principalmente por el olvido matemático. Si un terreno NACE en 1983, entonces en 1987 cuando hacen apropiación veinteañal, cuántos años tiene?. 1987-1983= 4 , SI CUATRO AÑOS, entonces me pregunto con preocupación cómo se puede decir que se tiene uso de un terreno por 20 años cuando solo tiene 4 de existencia. Creo solo por un error al haberse OLVIDADO cómo se calcula una edad, olvido aritmético que parece lo cometieron no solo Uds. sino también abogados, funcionarios, jueces, etc, etc.. Porque no quiero creer que también: "A SABIENDAS SE CONCRETO ESTE OLVIDO".
Olvido Nro. 7: Dan a entender que no anteponen sus intereses particulares, pero se olvidaron de que la ONG Tiro Federal de Goya impidió el ingreso de los camiones que traían las carpas para la edición de éste año de la Fiesta Nacional del Surubí, exigiendo la firma del oneroso contrato de alquiler. Caso contrario peligraba la realización del evento mayor de los goyanos.
Olvido Nro. 8: Dan a entender de que no anteponen sus intereses particulares, pero se olvidaron de que la ONG Tiro Federal de Goya disminuyo sensiblemente el predio alquilado al municipio, impidiendo el uso de los vitales 50mts. del lado sur muy importantes para la sombra y la logística de los diferentes eventos.
Olvido Nro. 9: Dan a entender de que no anteponen sus intereses particulares, pero se olvidaron de que la ONG Tiro Federal de Goya, exigió que no se abriera la calle lindante con el tanque de agua de la empresa prestataria del servicio, que iba a ser utilizada para poder acceder al parque Ingá y la Playita desde la misma, mejorando las condiciones de seguridad vial de la zona y tratando de minimizar los problemas de inconductas que ocurren en el parque Ingá, y muchas veces denunciado por los vecinos. Recordemos por si acaso que casi la totalidad de esa calle proyectada había sido generada por el refulado hecho por el municipio y nación durante las inundaciones de 1983.
Olvido Nro. 10: Este es solo formal, pero me parece olvidaron ir a buscar al diccionario que significa ONG: Organización No Gubernamental (en su caso sin fines de lucro), así que les guste o no, son una ONG. La ONG Asociación Civil Tiro Federal de Goya General San Martín.
Muchos olvidos no??? Hay otros pero me parece que no es el momento ni la oportunidad de recordárselos, es que tampoco quiero aburrirlos...
Parafraseando a los jueces de Cámara (Dadone y Arróspide) en los argumentos de la sentencia que ratifica la NULIDAD de la posesión veinte añal sobre el terreno del predio Costa Surubí, ME PREGUNTO si también en la carta abierta de fecha 05/11/2014 y a mi persona dirigida:
"A SABIENDAS SE COMETIERON TANTOS OLVIDOS?"
Espero que NO, sobre todo por el respeto que nos merecemos cada uno de los 80.000 vecinos de Goya a saber la verdad -TODA LA VERDAD- sobre la historia de este predio tan caro a los intereses de las actuales y futuras generaciones de goyanos.
Por último, NO SE OLVIDEN que no fui yo, sino que fueron nuestros representantes en el Honorable Concejo Deliberante (los representantes del pueblo de Goya) los que sancionaron la ordenanza municipal nro. 1698 el 25/09/2013, la que declara al predio en cuestión DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION, por lo que a los intereses de la comunidad goyana URGE LA DEFINICION JUDICIAL sobre quién es el dueño.
Si ésta sentencia judicial en los Estrados Federales es consecuente con todas las sentencias existentes hasta la fecha, y la titularidad es reconocida al ESTADO NACIONAL, se deberán realizar las gestiones para efectivizar el inmediato traspaso al municipio del predio según lo expresado por las autoridades nacionales y ya antes detallado. Caso contrario, la comunidad goyana deberá gestionar inmediatamente la homologación por ley provincial de la declaración de utilidad pública y expropiación; y la determinación de la fuente de financiamiento para su pago, según lo dispone la antes indicada ordenanza 1698 en sus artículos 2 y 3.
Festejo que el sistema democrático en que vivimos nos permita expresarnos libremente, manteniendo el respeto que corresponde; y auguro que en este caso y en todos, el bien general prime SIEMPRE, SIEMPRE y SIEMPRE por sobre el particular. Les mando un abrazo.
Ing. CARLOS ANTONIO LOPEZ SOTO
DNI 20.432.917
Un Vecino más de Goya.
Martes, 17 de noviembre de 2020
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