A 11 AÑOS DE LA SENTENCIA EN LA CAUSA CONTRA JORGE OLIVERA ROVERE
De cómo la Corte Suprema dilata la definición de un juicio por delitos de lesa humanidad
El próximo viernes se cumplirán once años desde que el Tribunal Oral Federal (TOF) 5 dictó la sentencia en el juicio que se siguió contra Jorge Olivera Róvere, quien fue el número dos de Carlos Suárez Mason en el Primer Cuerpo de Ejército y estuvo al frente de la represión en la subzona de la Capital Federal durante buena parte de la dictadura.
En ese momento, el tribunal -- el único que por entonces juzgaba casos de lesa humanidad en los tribunales de Comodoro Py -- absolvió a tres de los cinco imputados, que habían sido responsables de distintas áreas de la Ciudad y garantizado las zonas liberadas para que cientos de personas fueran secuestradas por los grupos de tareas. Después de pasar dos veces por la Casación Federal, en su último acuerdo del jueves, la Corte volvió a remitir el expediente a ese tribunal para una nueva revisión. El caso muestra con elocuencia las demoras que registran los casos de lesa humanidad en la cima del Poder Judicial, como denunciaron organismos de derechos humanos y entidades especializadas ante el presidente supremo, Carlos Rosenkrantz, hace diez días cuando apuró la convocatoria a la comisión interpoderes.
El 23 de octubre de 2009, el TOF 5 condenó a prisión perpetua a Olivera Róvere y a Bernardo José Menéndez, pero absolvió de culpa y cargo a tres jefes de área de la subzona Capital: Felipe Jorge Alespeiti, Humberto José Lobaiza y Teófilo Saá. En ese momento, este diario presentó ese fallo como una inflexión en el proceso de juzgamiento que recién daba sus primeros pasos después de la reapertura de las causas. Las absoluciones estuvieron dadas porque el tribunal, por ejemplo, no los responsabilizó de las zonas liberadas para que las fuerzas pudieran realizar los secuestros o no entendió que las distintas comisarías de la Capital habían estado bajo su órbita de influencia. Los jueces hicieron una lectura puramente formal de lo que significaba que un militar fuera responsable de un área y desconoció su contracara con lo que fue la clandestinidad de la represión.
En 2012, casi tres años después, la Sala IV de la Casación Federal -- integrada por los camaristas Mariano Boransky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos -- dio vuelta ese fallo. Confirmaron las perpetuas de Olivera Róvere y de Menéndez, a quienes también condenaron por los casos que habían sido absueltos en la instancia anterior. Y también condenaron a Lobaiza a 25 años y a Alespeiti y Saá a 22 años. Los represores se quejaron y llevaron el caso a la Corte, que mandó el caso nuevamente a la Casación y ordenó que una nueva sala lo revisara.
La revisión fue cuatro años después de la primera revisión, es decir, siete años después de la sentencia. En abril de 2016, la Sala III de la Casación, integrada por Liliana Catucci. Ana María Figueroa y Eduardo Riggi, confirmó por mayoría la sentencia que habían dictado sus colegas de la Sala IV. La mayoría estuvo conformada por las dos juezas. Ahora, poco más de cuatro años más tarde (y a días de que la sentencia cumpla su cumpleaños 11°), la Corte dice que el fallo estuvo mal realizado: que no existió una mayoría real de las integrantes de la Sala III de la Casación que sustentara las conclusiones del pronunciamiento.
“De todo lo expuesto se deduce que la sentencia recurrida no ha sido adoptada con una mayoría sustancial de argumentos, requisito indispensable para su validez, por lo que resulta admisible su tacha de arbitrariedad y corresponde hacer lugar a su descalificación”, dice el fallo firmado por Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco. Ricardo Lorenzetti no intervino porque analizó el fallo en un libro que publicó hace años con Alfredo Kraut sobre los juicios de lesa humanidad. Rosenkrantz decidió no firmar, como hace con frecuencia en los pronunciamientos sobre los crímenes de la dictadura.
En el juicio de jefes de áreas, se examinaron alrededor de 200 casos de personas que fueron secuestradas en la Capital Federal. Algunas de ellas fueron después vistas en distintos centros clandestinos. Uno de los casos que estuvo incluido en el proceso fue el de Ricardo Frank, un joven estudiante de 21 años oriundo de Trenque Lauquén, a quien secuestraron con su amigo Sergio “Yoyi” Martínez. La hermana de Ricardo, Lidia Frank, integra la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos (AEDD) y es la vicepresidenta de la Comisión por los Derechos Humanos de Trenque Lauquen. Le cuesta creer que a Saá lo hayan absuelto inicialmente por el secuestro de su hermano, pero aún más que no esté firme la condena que había dictado la Casación. “Esperábamos que la justicia fuera más justa”, le dijo a este diario.
"Estamos estudiando el fallo pero, en definitiva, no hay nada que hacer porque no hay recurso contra el fallo de la Corte”, explicó a PáginaI12 Sol Hourcade, coordinadora del equipo de Memoria, Verdad y Justicia del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que es querellante en la causa. “Ahora resta que la Casación dicte una nueva sentencia de acuerdo a lo que apunta la Corte. Esa sentencia, sin dudas, deberá confirmar la condena de Lobaiza y Saá”, reclamó la abogada. “El problema es que la Corte se tomó cuatro años para dictar este fallo que no resuelve el fondo de la cuestión -- remarca Hourcade --. En definitiva pasaron casi once años desde la sentencia del juicio de jefes de área y aún no está firme. Y tres de los cinco imputados han fallecido. Esto es parte de los problemas que venimos señalando hace años".
Lobaiza tiene 91 años y Saá, 90. El tercero de los absueltos inicialmente, Alespeiti, murió hace un tiempo. Los tiempos corren en las causas de lesa humanidad, algo que el máximo tribunal parece no estar del todo atento, especialmente por la negativa a convocar en los últimos cuatro años la comisión interpoderes -- la mesa de articulación encargada de agilizar los juicios de lesa humanidad. Rosenkrantz apuró la convocatoria a principios de mes después de que la diputada Vanesa Siley, del Frente de Todes, presentara un pedido de juicio político justamente por su tratamiento de las causas de lesa humanidad y en pleno auge del conflicto con el gobierno por el caso de los tres jueces trasladados por el macrismo.
Según estimaciones de la Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad, 65 causas esperan en la Corte para ser revisadas. El CELS, que participó del encuentro virtual con Rosenkrantz, pidió que el máximo tribunal cree una secretaría para darle máxima celeridad a las causas de lesa humanidad. Un reclamo similar le hicieron los organismos cuando se presentaron ante el consejo consultivo que evalúa una reforma para la Corte, el Ministerio Público y el Consejo de la Magistratura. Lo que queda claro es que los supremos tienen tiempos y aceptaciones de per saltum cuando se trata de asuntos que preocupan a la familia judicial, pero manejan otro reloj cuando se trata de causas y de personas que hace más de 40 años esperan justicia.
Lunes, 19 de octubre de 2020
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