NUEVAS FAMILIAS
¿Tenés amor para dar? Siete niños en Goya esperan ser adoptados
En Goya, una adolescente de 14 años, en convocatoria pública desde 2020, y una niña de 9 años, en convocatoria pública desde 2020, dos niños que son hermanos de 10 y 13 años, en convocatoria pública desde 2019. También otros dos niños que son hermanos de 11 y 14 años, en convocatoria pública desde 2020 y una adolescente de 13 años, en convocatoria pública desde 2019. En la nota si estas interesado te vas a enterar como son los pasos a seguir.
Imagen ilustrativa. Convocatoria pública No todos los niños que están en estado de adoptabilidad se encuentran en convocatoria pública, de hecho, son los excepcionales los que figuran allí. Según una publicación informativa elaborada por profesionales del equipo técnico de Dnrua, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, las convocatorias públicas se concretan cuando la búsqueda de familia en la Red Federal de Registros da resultado negativo. Esto sucede generalmente en casos de niñas, niños y adolescentes con discapacidad o enfermedad; grupo de hermanos; o mayores de 10 años. Esta convocatoria permite ampliar la búsqueda tanto a postulantes inscriptos como a personas no inscriptas. Asimismo, preservando la identidad de las niñas, niños y adolescentes, se describen sus características y se brindan datos de contacto para que las personas interesadas puedan comunicarse. En caso de presentarse interesados, el registro local lleva a cabo las evaluaciones correspondientes e informa al juzgado actuante. La adopción, último recurso La adopción es el instrumento que permite que niñas, niños y adolescentes puedan vivir y desarrollarse en una familia que les procure cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades. Esto sucede después de que el Estado haya considerado que esa es la mejor manera de protegerlos cuando su familia biológica no puede hacerlo. La adopción no es la solución para todos las niñas, niños y adolescentes cuyas familias carecen de idoneidades para cuidarlos y educarlos adecuadamente, sino solo para aquellos cuyo interés superior exige una solución permanente fuera de su núcleo familiar. Es decir que la decisión judicial de la declaración de adoptabilidad de una niña, niño y adolescente es el último recurso de protección infantil. Pasos para adoptar Las personas interesadas en adoptar deben acercarse exclusivamente al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos que les corresponda según su domicilio real. La inscripción es única y válida para todo el país. Es gratuita, personal y no requiere de intermediarios ni abogados. Pueden adoptar: un matrimonio, ambos integrantes de una unión convivencial, una única persona soltera, viuda o divorciada. Según el Código Civil y Comercial de la Nación, art. 599. Si la pareja es del mismo sexo también se puede adoptar. Según el Código Civil y Comercial de la Nación, art. 599. Para poder adoptar se tiene que tener 25 años de edad cumplidos. Si el cónyuge o la persona que convive con uno ya tiene más de 25 años, no hace falta que el otro tenga esa edad. Tener por lo menos 16 años más que el adoptado. Esta diferencia de edad no es necesaria cuando adoptas al hijo de tu cónyuge o conviviente. Ser argentino o naturalizado. Los extranjeros necesitan una residencia de 5 años. La adopción se presenta como una oportunidad para desarrollar un contexto de protección y amor para muchas niñas, niños y adolescentes, ya que no existen familias ideales, las únicas familias son las que se construyen cada día.
Jueves, 17 de septiembre de 2020
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