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POR VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA FABIOLA YAÑEZ Alberto Fernández quedó a un paso de ir a juicio oral La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento del ex Presidente.También lo acusan de abuso de poder y amenazas coactivas. ![]() La Cámara Federal porteña confirmó ayer el procesamiento del ex presidente Alberto Fernández por violencia de género hacia la ex primera dama Fabiola Yañez, en una decisión que lo dejó en condiciones de ser enviado a juicio oral. La decisión fue de la Sala II del Tribunal de Apelaciones, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, y la disidencia de Roberto Boico, según la resolución a la que tuvo acceso la agencia Noticias Argentinas. Fernández quedó con procesamiento confirmado por "lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas". También se confirmó un embargo de 10.000.000 de pesos sobre los bienes del ex mandatario y se desestimaron los planteos de nulidad promovidos por su defensa. "Es probable que los delitos se hayan cometido del modo en que fueron descriptos por las partes acusadoras", afirmó el juez Martín Irurzun en la resolución, de 82 carillas. Los hechos "sucedieron en un ámbito muy especial (la Quinta Presidencial de Olivos), fuertemente custodiado por funcionarios federales bajo el mando de Fernández", advirtió Irurzun. "Se ha establecido que, forzada por la naturaleza de su relación, la víctima tuvo que practicar una suerte de reclusión en un espacio para huéspedes de la residencia. También que tenía un alto grado de aislamiento -fue auxiliada por familiares directos que declararon en la causa-. Valorar en su justa dimensión este contexto es fundamental", concluyó al confirmar el procesamiento. "Yañez era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario", agrega la sentencia. En un contexto así, "por imperio del sentido común más básico, es razonable presumir que, en ese momento, no guió a sus acciones otra finalidad que pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando", advirtió el juez. Sobre este aspecto se refirieron los informes psicológicos que constan en la causa, cuyas conclusiones "además de tener coherencia con las restantes evidencias, son compatibles con cuanto sugiere el sentido común más básico, frente a un contexto como el descripto", explicó el juez. Pero hay más. Las problemáticas preexistentes que invoca la defensa, referidas a una supuesta dependencia del alcohol, "tenían que ser conocidas por el imputado cuando inició y continuó el tipo de relación que tuvo con la damnificada. Va de suyo que tal cuadro la colocaba, junto a muchos otros factores que ya se mencionaron, en una situación de ostensible vulnerabilidad", consideró el juez. En su voto, el camarista Eduardo Farah apoyó el razonamiento del juez Ercolini y rechazó la tesis de que Fernández no se pudo defender correctamente. "Basta con leer detenidamente la resolución apelada -dijo el magistrado-, en la que se describen pormenorizadamente las conductas de Fernández hacia Yañez desde el año 2016 hasta el 6 de agosto de 2024". Miércoles, 16 de abril de 2025 |