|
DECIDIO EL MAXIMO TRIBUNAL DE CORRIENTES Santa Lucía: Sentencia firme para conductor que alcoholizado mato a cinco personas El hecho fue minutos después de las 06:00AM del domingo 15 de julio del 2018, el homicida Juan Carlos Jurado choca de frente con su camioneta a un automóvil, que derivo a muerte de cinco personas, el máximo tribunal del corrientes deja la sentencia firme por parte de la justicia de Goya. ![]() Resumen del Caso PXG 29391/18 Fecha: 17 de marzo de 2025. Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. - Caso: Juan Carlos Jurado condenado por homicidio culposo tras un accidente de tránsito que resultó en la muerte de cinco personas. - Sentencia: Cuatro años y seis meses de prisión, más ocho años de inhabilitación para conducir. - Recurso: La defensa interpone recurso de casación, alegando violaciones a derechos constitucionales y deficiencias en la fundamentación de la sentencia. Decisión: Se rechaza el recurso, confirmando la condena. ¿Quién fue el responsable de invadir el carril contrario y causar la colisión? El responsable de invadir el carril contrario y causar la colisión fue Juan Carlos Jurado. Ademas fundamentan que el comportamiento fue imprudente el de invadir el carril contrario mientras conducía, lo que provocó la colisión con otro vehículo que transitaba correctamente, un negligente, que contribuyó a la creación e incremento de un riesgo no permitido, resultando en el desenlace fatal del accidente. La conducta del imputado que se menciona en relación a su estado de alcoholización expresan que condujo su camioneta con un nivel de alcohol en sangre de 0,70 gramos por litro, superando el límite permitido y actuando con conocimiento de los riesgos asociados a la conducción bajo los efectos del alcohol. Las consecuencias fatales se derivaron del accionar del acusado, con la muerte de cinco víctimas en el accidente de tránsito. El Tribunal analizó las pruebas y determinó que la conducta del imputado fue determinante para el desenlace trágico. Y de la valoración probatoria, se centra en el Informe accidentológico, que se considera prueba fundamental de la autoría del hecho imputado al acusado. A pesar de las objeciones de la defensa, el Tribunal concluyó que las pruebas presentadas eran suficientes para sustentar la condena, sin que se evidenciaran errores significativos en la valoración de las mismas. Del hecho acreditado. Para una mejor comprensión del caso traído a estudio se estimo pertinente reproducir el hecho que el Tribunal, luego del análisis probatorio, tuvo por acreditado: “…El día 15 de Julio de 2018, siendo aproximadamente las 6:00 horas, el traído a juicio JUAN CARLOS JURADO conducía una pick up TOYOTA HILUX en sentido Norte/Sur por Ruta Provincial 27, y en inmediaciones del kilómetro 108 invadió en forma intempestiva y antirreglamentaria el carril opuesto, interponiéndose en la línea de marcha de un automóvil VW GOL que rodaba correctamente por su mano, en sentido Sur/Norte por la misma arteria. Dicho vehículo de menor porte era conducido por ORLANDO BENJAMÍN PERALTA y como acompañantes iban FERNANDO GABRIEL RIESS, OSCAR FEDERICO VIDINI, MIGUEL ÁNGEL PERALTA, ARMANDO ALDO PERALTA. Con su accionar temerario, imprudente y antirreglamentario JURADO causó el choque frontal de los dos vehículos, y consecuentemente la muerte de los cinco ocupantes del automóvil…” SENTENCIA N° 35 1°) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa, confirmándose la condena impuesta a JUAN CARLOS JURADO en la Sentencia N° 211/21, dictada por el Tribunal Oral Penal (Hoy: Tribunal de Juicio) de la II Circunscripción Judicial. Con costas. 2°) Registrar y Notificar. Martes, 18 de marzo de 2025 |