Jueves  28 de Marzo del 2024
  
ANTE LA AFIP

Monotributo: paso a paso, el trámite de recategorización

El 21 de enero vence el plazo. Las escalas se actualizaron 20 puntos menos que la inflación, por lo cual muchos inscriptos pasarán a un escalafón superior o quedarán fuera del impuesto.



Dentro de poco más de diez días finalizará el plazo establecido por la AFIP para que los monotributistas revean su categoría. Como la actualización del valor de cada escala fue de 28,46%, unos 20 puntos por debajo de la inflación acumulada durante todo 2018, es muy probable que muchos inscriptos, con solo haber mantenido su facturación a tono con la suba de precios general, tengan que recategorizarse.

La fecha límite es el 21 de enero. Los anotados en este régimen que trabajen en una oficina deberán tener en cuenta tres factores para analizar si deben quedarse en su escala o cambiarse. Por un lado, el monto de la facturación de los últimos doce meses, el criterio para todos los monotributistas. Pero además, cuánto fue el gasto en alquiler y el consumo de energía eléctrica. Para esos tres elementos la AFIP publicó una tabla de referencia.

Si el monotributista se excediera en el monto de cualquiera de esas tres columnas ya pasaría a estar obligado a elevar su categoría, explicó a TN.com.ar el director de Impuestos del estudio Auren, Federico Costantino. A diferencia de años anteriores, en 2019 habrá dos recategorizaciones en lugar de tres.




La categoría más baja (la A) tendrá un tope este año de $138.128 anuales (lo que equivale a unos $11.510 mensuales). En el otro extremo, un contribuyente que ofrezca servicios podrá facturar hasta 1,15 millón anual (categoría H) sin pasar a ser autónomo y uno que venda cosas muebles tendrá un límite de $1,72 millón por año para operar dentro del régimen simplificado.

La actualización automática del impuesto que fue anunciada a fines del año pasado no sigue parámetros de inflación, sino que toma como referencia una fórmula que se compone en un 70% de Índice de Precios al Consumidor y otro 30% del de variación salarial con un rezago de seis meses, como ocurre con las actualizaciones a jubilados y pensionados.

Por ese atraso en los índices tomados en cuenta para la actualización es que probablemente desde este mes muchos inscriptos al monotributo deban recategorizarse. Solo con haber logrado mantener su nivel de facturación durante 2018 a ritmo de la inflación ese monotributista deberá inscribirse en la escala siguiente.




Por ejemplo, si un monotributista tenía a principios de 2018 unos $100.000 de facturación anual (al límite de la categoría más baja) e incrementó sus ingresos un 40% (es decir, perdiendo contra la inflación), tendrá como nuevo monto a declarar ante la AFIP de $140.000. Esta cifra lo obligará a pasarse a la categoría B. Entonces, este inscripto pasó de pagar $1.007 por mes a $1.447, un 43% de incremento.

El problema mayor lo tendrán aquellos monotributistas que ya estaban en la categoría más alta y que, por la misma razón, pasarán a estar excluidos del régimen simplificado. "Si quedás afuera vas a tener que tramitar la inscripción en IVA, en el Impuesto a las Ganancias y en autónomos. Si la AFIP te excluye compulsivamente vas a recibir una notificación en tu domicilio electrónico y dará 15 días para una apelación del contribuyente", explicó Costantino.

Paso por paso, cómo hacer el trámite

En primer lugar habrá que ingresar a la página web del organismo tributario y dirigirse al sector "Monotributo". Allí habrá que ingresar el CUIT y la Clave Fiscal.




Una vez ingresado, se desplegarán varias opciones, entre ellas domicilio electrónico, habilitación de puntos de venta, pagos, constancias, datos del monotributo y personales. La opción a clickear será "Ver mi categoría - Recategorizarme".




Luego llegará el momento de informar oficialmente cuál el monto facturado entre las fechas que el sistema indica. Ese será el primer criterio, el de facturación. Si el inscripto además lleva adelante su labor en una oficina, podrá desplegar otro menú para cargar en el formulario cuál es la cantidad de energía eléctrica consumida y la superficie del lugar de trabajo. También podrá ingresarse el monto de alquileres pagado en ese lapso de tiempo.




En la siguiente etapa, AFIP "blanqueará" cuál es la información que tiene el organismo sobre los pagos hechos por ese monotributista, incluyendo comprobantes electrónicos y las cuotas del régimen simplificado.




El último click será para confirmar la operación. AFIP informará entonces cuál será la nueva categoría en la cual estará incluido el contribuyente.




Jueves, 10 de enero de 2019


 


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